CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

MARIMBA SpA

CVE 1773262
Capital
$100.000 CLP
Fecha instrumento
3 de junio de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
3 de junio de 2020
Repertorio
10527-2020
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36a Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$100.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será el desarrollo por cuenta propia o de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes prestaciones o actividades económicas: A) La prestación en forma ambulatoria de toda clase de servicios profesionales relacionados con la atención de la salud humana, sea en domicilio del paciente, en servicios de urgencia, centros médicos de atención ambulatoria o en establecimientos hospitalarios, clínicas, casas de reposo u otros lugares en que el paciente se encuentre internado o postrado. Los servicios médicos estarán referidos a la prestación de todo tipo de prestaciones de salud humana y de todas las especialidades de medicina existentes, sin distinción ni exclusión alguna, y especialmente, sólo a modo ejemplar, sin ser taxativo ni limitativo, se comprenden las siguientes especialidades y prestaciones de salud: prestaciones de urgencia; medicina general; otorrinolaringología; cardiología; pediatría; oftalmología; traumatología; medicina interna; psiquiatría; infectología; urología; ginecología; geriatría; nefrología; endocrinología; kinesiología; odontología; enfermería; y en general, todas las prestaciones de salud y especialidades médicas que la sociedad determine; B) La sociedad para cumplir con su objetIvos, podrá constituir, crear, establecer y administrar centros de atención médica de urgencia y)o ambulatoria, realizar y celebrar todos los actos y contratos relacionados y conducentes al mismo, pudiendo actuar como mandatario, representante o agente oficioso; C) La importación, exportación, distribución y comercializacion de productos, equipos e insumos médicos, por cuenta propia o ajena; D) La prestación de servicios profesionales de consultoría, conferencias, relatorías o dictación de clases, por cuenta propia o ajena, en materias relacionadas con la medicina o que la sociedad determine; E) La producción, dictación u organización de congresos, cursos, diplomados, conferencias y simposios, en materias relacionadas con la medicina o que la sociedad determine; F) La promoción y realización de toda clase de negocios, pudiendo para el cumplimiento de sus objetivos sociales ejecutar toda clase de actos y contratos que se estimen necesarios o convenientes y asociarse con otras personas, naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras y, aún, representarlas o convenir con ellas asociaciones o cuentas en participación; y, G) en general, la sociedad podrá dedicarse a cualquier negocio, asunto, actividad, comercio, materia o cuestión relacionada directa o indirectamente con los objetos y propósitos de la misma, la prestación de servicios de cualquier naturaleza en relación con el giro de la empresa; arrendar, comprar y vender bienes raíces, y, ejecutar todo tipo de negocios, actos y contratos relacionados con el objeto de la sociedad y de cualquiera otros ramos que la sociedad considere para su mejor cometido

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público de la 36a Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65 segundo piso, Providencia, Región Metropolitana, certifica: Que por escritura pública de fecha 03 de junio de 2020, Repertorio N° 10.527-2020, ante mí: don JUAN PABLO MARAMBIO GRANIC, domiciliado en calle Rodrigo de Triana número 4276, departamento 22, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyó una sociedad por acciones.- Nombre o Razón Social: ‘‘MARIMBA SpA”.- Objeto: El objeto de la sociedad será el desarrollo por cuenta propia o de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes prestaciones o actividades económicas: A) La prestación en forma ambulatoria de toda clase de servicios profesionales relacionados con la atención de la salud humana, sea en domicilio del paciente, en servicios de urgencia, centros médicos de atención ambulatoria o en establecimientos hospitalarios, clínicas, casas de reposo u otros lugares en que el paciente se encuentre internado o postrado. Los servicios médicos estarán referidos a la prestación de todo tipo de prestaciones de salud humana y de todas las especialidades de medicina existentes, sin distinción ni exclusión alguna, y especialmente, sólo a modo ejemplar, sin ser taxativo ni limitativo, se comprenden las siguientes especialidades y prestaciones de salud: prestaciones de urgencia; medicina general; otorrinolaringología; cardiología; pediatría; oftalmología; traumatología; medicina interna; psiquiatría; infectología; urología; ginecología; geriatría; nefrología; endocrinología; kinesiología; odontología; enfermería; y en general, todas las prestaciones de salud y especialidades médicas que la sociedad determine; B) La sociedad para cumplir con su objetIvos, podrá constituir, crear, establecer y administrar centros de atención médica de urgencia y/o ambulatoria, realizar y celebrar todos los actos y contratos relacionados y conducentes al mismo, pudiendo actuar como mandatario, representante o agente oficioso; C) La importación, exportación, distribución y comercializacion de productos, equipos e insumos médicos, por cuenta propia o ajena; D) La prestación de servicios profesionales de consultoría, conferencias, relatorías o dictación de clases, por cuenta propia o ajena, en materias relacionadas con la medicina o que la sociedad determine; E) La producción, dictación u organización de congresos, cursos, diplomados, conferencias y simposios, en materias relacionadas con la medicina o que la sociedad determine; F) La promoción y realización de toda clase de negocios, pudiendo para el cumplimiento de sus objetivos sociales ejecutar toda clase de actos y contratos que se estimen necesarios o convenientes y asociarse con otras personas, naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras y, aún, representarlas o convenir con ellas asociaciones o cuentas en participación; y, G) en general, la sociedad podrá dedicarse a cualquier negocio, asunto, actividad, comercio, materia o cuestión relacionada directa o indirectamente con los objetos y propósitos de la misma, la prestación de servicios de cualquier naturaleza en relación con el giro de la empresa; arrendar, comprar y vender bienes raíces, y, ejecutar todo tipo de negocios, actos y contratos relacionados con el objeto de la sociedad y de cualquiera otros ramos que la sociedad considere para su mejor cometido.- Capital: $100.000.-, dividido en 1.000.- acciones, nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, capital que es suscrito en su totalidad por el accionista don JUAN PABLO MARAMBIO GRANIC, suma de dinero que paga en el acto, al contado y en dinero efectivo, ingresándolo a la caja social. Duración: La sociedad comenzará sus operaciones con fecha de la escritura y el plazo de duración será indefinido. Domicilio: Santiago.- Demás estipulaciones y pactos constan en escritura extractada. Santiago, 12 de junio de 2020.