Comercializadora y Transporte Cavalso Chile Limitada
Instrumento
- Fecha
- 9 de junio de 2020
- Notario
- Luis Alberto Maldonado Concha
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $1.200.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Alberto Maldonado Concha, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con oficio ubicado en calle Ramón Subercaseaux 1244, comuna de San Miguel, certifico que, por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 9 de junio de 2020, David Edmundo Reyes Velásquez, domiciliado en Avenida Santa Rosa N°6428-B, comuna de La Granja, Camila Belén Reyes Masafierro, domiciliada en calle Vargas Buston N°958, casa 16, comuna de San Miguel, y Juan Edmundo Reyes Manzo, domiciliado en calle Vargas Buston N°958, casa 16, comuna de San Miguel, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada denominada “Comercializadora y Transporte Cavalso Chile Limitada”, inscrita a fojas 27.716, número 19.063, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2010, en adelante la “Sociedad”, en el siguiente sentido: Camila Belén Reyes Masafierro, vendió, cedió y transfirió la totalidad de su participación en la sociedad, equivalentes al 25% del capital social, en la siguiente proporción: a\ un 24% del capital social a David Edmundo Reyes Velásquez, en $1.200.000.- y b\ un 1% del capital social a Juan Edmundo Reyes Manzo, en $50.000.- que ambos pagaron en acto de modificación, al contado y en dinero efectivo, ya ingresados en la caja social. Como consecuencia de las cesiones, las participaciones quedaron distribuidas de la siguiente forma: David Edmundo Reyes Velásquez, con una participación equivalente al 99% del haber social, y Juan Edmundo Reyes Manzo, con una participación equivalente al 1% del haber social. En virtud de lo anterior, David Edmundo Reyes Velásquez y Juan Edmundo Reyes Manzo, en su calidad de actuales y únicos socios, modifican los estatutos de la Sociedad, en el sentido de señalar la participación social de cada socio respecto al capital de la Sociedad, reemplazo el artículo quinto por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es la suma de $5.000.000, que cada socio aporta y paga de la siguiente forma: /a/ David Edmundo Reyes Velásquez, aportó y pagó en acto de constitución, al contado y en dinero efectivo, la suma de $4.950.000.- a total conformidad de la Sociedad, correspondiéndole una participación en la Sociedad equivalente a un 99% del capital social; y /b/ don Juan Edmundo Reyes Manzo, aportó y pagó en acto de constitución, al contado y en dinero efectivo, la suma de $50.000.- a total conformidad de la Sociedad, correspondiéndole una participación en la Sociedad equivalente a un 1% del capital social. San Miguel, 11 de junio de 2020.