COMERCIAL AGRÍCOLA LEDEZMA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de mayo de 2020
- Notario
- RODRIGO CABRERA ALBARRAN
- Domicilio
- . Domiciliado en calle Miguel Aguirre Nº 328 Ovalle
Sociedad
- N. fantasía
- “LEDEZMA LTDA.”
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Ovalle
- Duración
- 5 años, a contar fecha de inscripción del presente extracto en Registro de Comercio del domicilio social, plazo renovable sucesiva y automáticamente, por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período en curso, mediante escritura pública, anotada al margen de la inscripción social, con anticipación mínima de 6 meses antes del fin del período respectivo
Objeto social
Será: a) la explotación agrícola, ganadera y forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos, y todo otro negocio o actividad conexa o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad agropecuaria; b) la compra, venta y comercialización de maquinaria, vehículos, equipos, útiles, enseres, herramientas, semillas, abonos, productos químicos y demás insumos para la agricultura e industria agrícola, importaciones o exportaciones, remates, licitaciones, parcelaciones, corretajes, comisión, asesorías y servicios técnicos, representaciones, consignaciones, y todo otro negocio o actividad que se relacionen, en la actualidad o en el futuro, con lo mencionado; y c) cualquier otro negocio que los socios acuerden. Administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá al socio Guillermo Gabriel Ledezma Aracena, ya individualizado, quien podrá actuar por medio de apoderados o por medio de uno o más mandatarios que cualquiera de dichos apoderados, indistintamente, designe en cualquier momento. El administrador, como también el apoderado y)o los mandatarios que se designen, anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad con amplias facultades. Sin embargo, se requerirá el consentimiento de todos los socios para la celebración de ciertos actos o contratos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO CABRERA ALBARRAN, Notario Público Titular. Domiciliado en calle Miguel Aguirre Nº 328 Ovalle, Certifico: Por escritura de hoy, ante mí, GUILLERMO GABRIEL LEDEZMA ARACENA, contador, y don WILLY ANDRÉS LEDEZMA TAPIA, técnico agropecuario, ambos domiciliados en calle Barrancas n° 220, ciudad y comuna de Ovalle, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada a monto aportes: Razón social: “COMERCIAL AGRÍCOLA LEDEZMA LIMITADA”. Nombre de fantasía: “LEDEZMA LTDA.”. Domicilio: ciudad de Ovalle, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país. Objeto: Será: a) la explotación agrícola, ganadera y forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos, y todo otro negocio o actividad conexa o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad agropecuaria; b) la compra, venta y comercialización de maquinaria, vehículos, equipos, útiles, enseres, herramientas, semillas, abonos, productos químicos y demás insumos para la agricultura e industria agrícola, importaciones o exportaciones, remates, licitaciones, parcelaciones, corretajes, comisión, asesorías y servicios técnicos, representaciones, consignaciones, y todo otro negocio o actividad que se relacionen, en la actualidad o en el futuro, con lo mencionado; y c) cualquier otro negocio que los socios acuerden. Administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá al socio Guillermo Gabriel Ledezma Aracena, ya individualizado, quien podrá actuar por medio de apoderados o por medio de uno o más mandatarios que cualquiera de dichos apoderados, indistintamente, designe en cualquier momento. El administrador, como también el apoderado y/o los mandatarios que se designen, anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad con amplias facultades. Sin embargo, se requerirá el consentimiento de todos los socios para la celebración de ciertos actos o contratos. Capital: $10.000.000.- aportado a) Guillermo Gabriel Ledezma Aracena aporta $5.000.000, ingresado en dinero efectivo en caja social, haciéndose dueño de un 50% de los derechos en capital social; y b) Willy Andrés Ledezma Tapia aporta $5.000.000, ingresado en dinero efectivo en caja social, haciéndose dueño de un 50% de los derechos en capital social. Duración: 5 años, a contar fecha de inscripción del presente extracto en Registro de Comercio del domicilio social, plazo renovable sucesiva y automáticamente, por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período en curso, mediante escritura pública, anotada al margen de la inscripción social, con anticipación mínima de 6 meses antes del fin del período respectivo. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Ovalle 18 de Mayo del año 2020.- RODRIGO CABRERA ALBARRAN NOTARIO TITULAR.