CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD GASTRONÓMICA LECKER SpA

CVE 1772102
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
5 de junio de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
5 de junio de 2020
Repertorio
7940-2020
Notario
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
Oficio
Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto dedicarse, ya sea por cuenta propia y)o de terceros y)o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, a las siguientes actividades: /a) La operación y explotación de establecimientos de comercio, específicamente restaurantes, cafeterías, bares, pubs, fuentes de sodas y de cualquier establecimiento dedicado al expendio de comidas y bebidas alcohólicas y analcohólicas tanto para su consumo dentro del local como despachos a domicilio; /b) La promoción, organización, producción y asesoría en toda clase de eventos culturales, sociales, y la prestación de servicios de banquetería; c) La producción, elaboración, compra, venta distribución, comercialización, explotación e importación de toda clase de productos alimenticios y bebidas, sean estas alcohólicas o no; d) La concesión de franquicias y la representación de marcas comerciales nacionales o extranjeras en los mismos productos o bebidas antes citados; /e) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, con la facultad de administrar dichas inversiones; /f) La realización de inversiones y participación como socia o accionista en todo tipo de sociedades, tanto en Chile como en el extranjero; y /g) En general, cualquier otra actividad que el o los accionistas acuerde(n) y que se relacione directa o indirectamente con las anteriores

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos número 941, local 302, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 5 de junio de 2020, repertorio N° 7940-2020, otorgada ante mí Suplente don Juan Cristian Berríos Castrro, Pablo Ignacio Donoso Lillo y Juan Carlos Donoso Lillo, constituyeron sociedad por acciones de cuyo texto extracto: RAZÓN SOCIAL: “SOCIEDAD GASTRONÓMICA LECKER SpA”. OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto dedicarse, ya sea por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, a las siguientes actividades: /a/ La operación y explotación de establecimientos de comercio, específicamente restaurantes, cafeterías, bares, pubs, fuentes de sodas y de cualquier establecimiento dedicado al expendio de comidas y bebidas alcohólicas y analcohólicas tanto para su consumo dentro del local como despachos a domicilio; /b/ La promoción, organización, producción y asesoría en toda clase de eventos culturales, sociales, y la prestación de servicios de banquetería; c) La producción, elaboración, compra, venta distribución, comercialización, explotación e importación de toda clase de productos alimenticios y bebidas, sean estas alcohólicas o no; d) La concesión de franquicias y la representación de marcas comerciales nacionales o extranjeras en los mismos productos o bebidas antes citados; /e/ La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, con la facultad de administrar dichas inversiones; /f/ La realización de inversiones y participación como socia o accionista en todo tipo de sociedades, tanto en Chile como en el extranjero; y /g/ En general, cualquier otra actividad que el o los accionistas acuerde(n) y que se relacione directa o indirectamente con las anteriores. CAPITAL: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, todas del mismo valor, sin valor nominal y de una misma y única serie, el cual queda suscrito y pagado en la siguiente forma: Uno) Pablo Ignacio Donoso Lillo, quien suscribe y paga en este acto 800 acciones, por un valor de $800.000 pesos y Juan Carlos Donoso Lillo, quien suscribe y paga en este acto 200 acciones, por un valor de $200.000 pesos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 8 de junio de 2020.