Sociedad de Construcciones Su Casa Limitada
Instrumento
- Fecha
- 6 de junio de 2020
- Repertorio
- 995-2020
- Notario
- RODRIGO IGNACIO IRRIBARRA SALAZAR
- Domicilio
- Titular
- Comuna
- San Carlos
Sociedad
- Duración
- Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO IGNACIO IRRIBARRA SALAZAR, Notario Público Suplente del Titular, de la Primera Notaría San Carlos, Vicuña Mackenna 529; certifico: Por escritura pública, fecha 06 de Junio de 2020, Repertorio N°995-2020, ante mí, JUAN CARLOS GOMEZ PEREZ, domiciliado en calle Chacabuco 559, San Carlos, MARCELA VERONICA FUENTES SEPULVEDA, domiciliada en calle Chacabuco 559, San Carlos, NATALIA JESUS GOMEZ FUENTES, domiciliada en calle Evaristo Lillo 29, departamento 211, comuna de Las Condes, MARTINA FERNANDA GOMEZ FUENTES, domiciliada en calle Chacabuco 559, San Carlos, y don JUAN FRANCISCO GOMEZ FUENTES, domiciliado en calle Chacabuco número 559, San Carlos, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada razón social “Sociedad de Construcciones Su Casa Limitada.”, pudiendo actuar en la vida jurídica con el nombre de “Construcciones Su Casa Ltda.” Domicilio lo tiene en la ciudad de San Carlos, sin perjuicio de las representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país.- Objeto de la sociedad es la actividad de construcción de obras mayores y menores, por sistema de administración y suma alzada, con fondos privados o públicos, estructuras metálicas, así como cualquier otra actividad conexa que los socios acuerden. Administración, representación y uso de la razón social corresponderá al socio Juan Carlos Gómez Pérez y al socio Juan Francisco Gómez Fuentes, en forma indistinta y pudiendo actuar por separado. El capital de la sociedad alcanza a la suma de cincuenta millones de pesos que se enteran siguiente manera: A) En este acto, a razón de diez millones de pesos, cada uno de los socios Juan Carlos Gómez Pérez, Marcela Verónica Fuentes Sepúlveda y Natalia Jesús Gómez Fuentes, ingresan a las arcas sociales en dinero efectivo. Los socios Martina Fernanda y Juan Francisco, ambos de apellidos Gómez Fuentes, aportan la suma total de diez millones de pesos, un millón quinientos mil pesos cada uno, en efectivo y que ingresan a las arcas sociales, y el saldo de ocho millones quinientos mil pesos por cada uno de ellos ingresarán en arcas sociales en un plazo máximo de cuatro años. Duración de la sociedad será de cinco años contados desde la fecha del presente instrumento, plazo que se entenderá renovado en forma automática y por períodos iguales, continuos y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, voluntad que deberá manifestarse por escritura pública anotada al margen de la respectiva inscripción en el Registro de Comercio con una anticipación mínima de seis meses anteriores al vencimiento del período en vigencia. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Las utilidades y pérdidas se repartirán a prorrata de sus respectivos aportes, lo que en este caso se traduce en un porcentaje de veinte por ciento para cada socio. Demás cláusulas escritura extractada. Rodrigo Ignacio Irribarra Salazar, Notario Público Suplente del Titular.- San Carlos, Junio 09 de 2020.-