MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

GHERSI Y CÍA. LTDA.

RUT 77404490-6 CVE 1772523
Fecha instrumento
9 de junio de 2020

Instrumento

Fecha
9 de junio de 2020
Notario
CECILIA GALVEZ PINO
Domicilio
con oficio en Viña del Mar

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CECILIA GALVEZ PINO, Abogado, Notario Público Titular, con oficio en Viña del Mar, Avenida Libertad mil ciento cincuenta y cinco-A, certifica: Que, por escritura de fecha 09 de junio de 2020, ante mi, ABDÓN OSVALDO SENÉN ONDARZA VEGA, chileno, divorciado, ingeniero comercial, cédula de identidad nacional y rol único tributario número ocho millones noventa y un mil setecientos noventa y nueve guion seis, domiciliado Viña del Mar, Avenida Edmundo Eluchans número seiscientos noventa y nueve, Reñaca; y MARÍA TERESA GHERSI PENALILLO, peruana, soltera, economista, cédula de identidad para extranjeros número catorce millones setecientos doce mil cuatrocientos cuatro guion K, del mismo domicilio anterior, modificaron sociedad “GHERSI Y CÍA. LTDA.” o “GHERSI Y COMPAÑÍA LIMITADA”, inscrita a fojas ciento cincuenta y cuatro, número ciento ochenta y tres del Registro de Comercio del año dos mil del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar, RUT setenta y siete millones cuatrocientos cuatro mil cuatrocientos noventa guion seis. Modificaciones consisten en: 1.- Se disminuye el capital social a la suma de treinta millones de pesos; el que se entera de la siguiente forma: a) Don ABDÓN OSVALDO SENÉN ONDARZA VEGA aporta la suma de quince millones de pesos equivalentes al cincuenta por ciento del capital social, enterados al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución social; y b) Doña MARÍA TERESA GHERSI PENALILLO aporta la suma de quince millones de pesos equivalentes al cincuenta por ciento del capital social, enterados al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución social. 2.- Se modifica la razón social en el sentido de eliminar las actuales y se reemplazan por la de “SET ENERGY CONSULTORES LIMITADA” pudiendo actuar indistintamente con los nombres de fantasía, incluso ante bancos o instituciones financieras, de “SET ENERGY LTDA.” y/o “SET ENERGY”. En todo lo demás rige el pacto social anterior u original. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Viña del Mar, 10 de Junio de 2020.-