MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

EMPRESA L.I.C. LIMITADA

RUT 76049431-3 CVE 1771663
Fecha instrumento
5 de junio de 2020
Notaría
Cauquenes

Instrumento

Fecha
5 de junio de 2020
Repertorio
436
Notario
OSCAR ALEJANDRO LORA ROMERO
Oficio
Primera Notaría de Cauquenes
Comuna
Cauquenes

Sociedad

Ley aplicable
Ley 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

OSCAR ALEJANDRO LORA ROMERO, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Cauquenes, con Oficio en calle Victoria Nº 415 A de esta ciudad, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 05 de Junio del año 2020, Repertorio N° 436, CARLOS DELFIN PADILLA AGURTO, divorciado, vendedor, domiciliado en calle Victoria N° 125, Cauquenes; LUDWING GIUSEPPE PADILLA AGURTO, soltero, estudiante, domiciliado en calle Antonio Varas N° 580, Cauquenes, y GRICELDA DEL CARMEN PADILLA AGURTO, soltera, jubilada, domiciliada en calle Antonio Varas N° 580, Cauquenes, sanearon conforme Ley 19.499, modificación y rectificación de la sociedad “EMPRESA L.I.C. LIMITADA”, RUT. N° 76.049.431-3. Don CARLOS DELFIN PADILLA AGURTO y LUDWING GIUSEPPE PADILLA AGURTO, por escritura pública de 23 febrero 2009, otorgada ante Notario Público de la Tercera Notaría de Santiago, don Raúl Eduardo Retamal Gajardo, Suplente del Titular don Gabriel Ogalde Rodríguez, constituyeron sociedad denominada “EMPRESA L.I.C. LIMITADA”, RUT 76.049.431-3, Inscripción fojas 9.786 número 6.368 Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2009.- El capital de la Sociedad es la cantidad de un millón de pesos.- Posteriormente modifican dicha sociedad escritura pública de fecha 04 de mayo de 2019, suscrita ante don Oscar Alejandro Lora Romero, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Cauquenes, en la que modifican en el sentido de que se retira el socio don Carlos Delfín Padilla Agurto, quien vende, cede y transfiere a Ludwing Giuseppe Padilla Agurto y a Gricelda del Carmen Padilla Agurto quedando como únicos dueños. Finalmente, se rectifica la escritura anteriormente señalada mediante escritura pública de fecha 04 de mayo de 2019, suscrita ante don Oscar Alejandro Lora Romero, Notario Público Titular de la Primera Notaria de Cauquenes, en que rectifican la cláusula tercera en cuanto al porcentaje de participación de la socia doña Gricelda del Carmen Padilla Agurto.- Habiéndose incurrido en un vicio formal en la última modificación y rectificación, que consiste en no haber inscrito el extracto de dicha modificación y rectificación. Los comparecientes vienen en sanear el vicio de nulidad formal, en el sentido de corregir la tardía inscripción del extracto de la modificación social a que se hizo referencia precedentemente. Demás modificaciones en escritura extractada.- Cauquenes, a 09 de Junio del año 2020.-