CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

ELITE SpA

CVE 1770821
Fecha instrumento
4 de junio de 2020
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
4 de junio de 2020
Notario
JORGE ELIAS TADRES HALES
Domicilio
Temuco

Sociedad

Domicilio
será la ciudad de Temuco, Novena Región de La Araucanía
Duración
Indefinida

Objeto social

será el desarrollo de actividades de residencia para turistas; la implementación de centros médicos privados -establecimientos de atención ambulatoria-, de servicios de médicos prestados de forma independiente y servicios prestados de forma independiente por otros profesionales de la salud; la venta al por menor de artículos y equipos de deporte; desarrollo de actividades deportivas y otras actividades de esparcimiento, actividades relacionadas con la salud humana y de servicios personales; la asesoría y consultoría en inversión financiera y actividades de servicios de apoyo a las empresas; y prestar servicios de asesorías en materia contable, tributaria, legal, financiera, comercial, informática, médicas y ejecutar los actos y negocios relacionados o no con todo lo ya indicado o lo que acuerden los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha uno de Junio de dos mil veinte, ante mí, don ANDRÉS ITILIER GAETE SALAZAR, chileno, casado y separado de bienes, ingeniero comercial, cédula de identidad número quince millones seiscientos cincuenta y cuatro mil ochocientos veintisiete guion ocho, domiciliado en calle Arturo Pérez Canto número cero dos mil cuatrocientos sesenta y cinco, Villa Tobalaba, de la comuna y ciudad de Temuco; y doña NICOLE FABIOLA AGUILERA ARTIGAS, chilena, soltera, kinesióloga, cédula de identidad número dieciséis millones quinientos treinta y un mil novecientos sesenta y seis guion cuatro, domiciliada en calle Arturo Pérez Canto cero dos mil cuatrocientos sesenta y cinco, Villa Tobalaba, de la comuna y ciudad de Temuco. Constituyeron Sociedad por Acciones. NOMBRE SOCIAL: será ELITE SpA. ADMINISTRACION, REPRESENTACION Y USO RAZON SOCIAL: corresponderá a don ANDRÉS ITILIER GAETE SALAZAR, y a doña NICOLE FABIOLA AGUILERA ARTIGAS. Facultades en escritura extractada. CAPITAL: es de un millón de pesos, dividido en cien acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una, sin valor nominal y todas ellas con derecho a voto, se suscriben en su totalidad y se pagaron íntegramente en acto escritura y en dinero efectivo de la siguiente manera: a) Don ANDRÉS ITILIER GAETE SALAZAR, suscribe y paga cincuenta acciones por quinientos mil pesos y; b) Doña NICOLE FABIOLA AGUILERA ARTIGAS, suscribe y paga cincuenta acciones por quinientos mil pesos. OBJETO: será el desarrollo de actividades de residencia para turistas; la implementación de centros médicos privados -establecimientos de atención ambulatoria-, de servicios de médicos prestados de forma independiente y servicios prestados de forma independiente por otros profesionales de la salud; la venta al por menor de artículos y equipos de deporte; desarrollo de actividades deportivas y otras actividades de esparcimiento, actividades relacionadas con la salud humana y de servicios personales; la asesoría y consultoría en inversión financiera y actividades de servicios de apoyo a las empresas; y prestar servicios de asesorías en materia contable, tributaria, legal, financiera, comercial, informática, médicas y ejecutar los actos y negocios relacionados o no con todo lo ya indicado o lo que acuerden los accionistas. Para conseguir su objeto, la sociedad podrá realizar toda clase de actos, contratos y negocios, por si o a través de terceros, así como asociarse - si fuere necesario-, con otras personas, naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, y aún, representándolas o asociándose en participación. DURACION: será indefinida. DOMICILIO: será la ciudad de Temuco, Novena Región de La Araucanía, sin perjuicio de las agencias, sucursales o establecimientos que se abran en el resto del país o en el extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 04 de Junio 2020.-