MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Comercial Maicao Limitada

RUT 79500520-K CVE 1771001
Fecha instrumento
6 de abril de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
6 de abril de 2020
Repertorio
2548-2020
Notario
Valeria Ronchera Flores
Oficio
Décima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Administración

El Consejo estará compuesto por tres miembros titulares y sus respectivos suplentes, designados por Socofar S.A. por escritura pública. El Consejo determinará la estructura de poderes de la Sociedad y sus mandatarios, facultades, forma de actuación y cualquier otra decisión relacionada con la

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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Valeria Ronchera Flores, Notario Público Titular de la Décima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas 1235, local 2, piso 1 y 2, Santiago, certifico: que por escritura pública otorgada con fecha 6 de abril de 2020, repertorio N° 2.548-2020, SOCOFAR S.A. y DIFARMA S.A, todos domiciliados para estos efectos en Avenida El Salto 4875, Comuna de Huechuraba, Santiago de Chile, modificaron la sociedad Comercial Maicao Limitada (la “Sociedad”), inscrita a fojas FJ. 280, N° 197, del Registro de Comercio de Valparaíso del año 1.984, en la siguiente forma: I. Modificando los estatutos de la sociedad Comercial Maicao Limitada, en relación a su domicilio y administración, según se indica a continuación: (i) “ARTÍCULO CUARTO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o en el extranjero.”; y “ARTÍCULO SEXTO: La administración de la Sociedad, el uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial de la misma corresponde a un Consejo de Administración. El Consejo estará compuesto por tres miembros titulares y sus respectivos suplentes, designados por Socofar S.A. por escritura pública. El Consejo determinará la estructura de poderes de la Sociedad y sus mandatarios, facultades, forma de actuación y cualquier otra decisión relacionada con la administración. El Consejo de Administración deberá designar a un Presidente, que lo será del Consejo y la Sociedad, y no tendrá voto dirimente, y a un Vicepresidente que, en caso de ausencia, suplirá al Presidente. Los miembros del Consejo de Administración durarán por tiempo indefinido, salvo que Socofar S.A. señale lo contrario en su designación o revoque la misma conforme se señala más adelante. Las funciones de consejero se ejercerán en sala legalmente constituida. El Consejo de Administración se constituirá y sesionará válidamente con la concurrencia de la mayoría absoluta de sus miembros, y sus acuerdos los adoptará con el voto de la mayoría absoluta de los consejeros. Las sesiones del Consejo de Administración serán ordinarias y extraordinarias, y se realizarán previa citación enviada por correo electrónico en que se indicarán las materias a tratar. Dichas sesiones se celebrarán cuando las cite especialmente el Presidente o el Vicepresidente, por si mismos, o a indicación de uno o más consejeros, sin que sea necesaria la calificación del Presidente o del Vicepresidente. Podrán celebrarse sesiones telemáticas, por videoconferencia o no presenciales, con tal que sean ininterrumpidas, y el Presidente y el Secretario den fe de las personas que se conectaron remotamente, y bajo qué sistema.” “Demás estipulaciones en escritura extractada. Portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Santiago, 15 de mayo de 2020.