ASESORÍAS E INMOBILIARIA SUPREMA DOS SpA
Instrumento
- Fecha
- 3 de junio de 2020
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $250.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| RSIONES Y ASESORÍAS EL PLOMO S.A. antes Inversiones y Asesorías El Plomo Limitada | socio | 76079302-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZÓ AGUILAR, Notario Titular 40 Notaría de Santiago, con oficio en Teatinos N° 332, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 03 de Junio de 2020, ante mí, don Ricardo Levy Guarda en representación de INVERSIONES Y ASESORÍAS EL PLOMO S.A. antes Inversiones y Asesorías El Plomo Limitada, RUT N° 76.079.302-2, ambos domiciliados en Isidora Goyenechea N° 3120, piso 14, comuna de Las Condes, Santiago, don Jorge Andrés Mas Errázuriz en representación de INVERSIONES LA PROVIDENCIA SpA RUT N° 76.245.917-5, ambos domiciliados en Andrés de Fuenzalida N° 17 oficina 53, Providencia, Santiago, don Juan Cristóbal Fernández Chadwick en representación de INVERSIONES LOS CONQUISTADORES SpA RUT N° 76.246.106-4 ambos domiciliados en Andrés de Fuenzalida N° 17 oficina 53, Providencia, Santiago, MATÍAS VICUÑA BALZE, C.I.N° 15.637.482-2 domiciliado en Los Molinos N°7910 Vitacura, Santiago, en su calidad de únicos y actuales accionistas sociedad, conforme a Registro de Accionistas que se exhibe en este acto y tiene a la vista Notario que autoriza, acordaron la modificación sociedad “ASESORÍAS E INMOBILIARIA SUPREMA DOS SpA" Rol Único Tributario N° 76.972.723-K inscrita a fojas 3025 número 1672 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2019, en la cual se acordó: a) Aumentar el capital social estatutario de $1.000.000.-, dividido en 1.000.- acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, a la cantidad de $10.870.464.- dividido en 1.059.- acciones de igual características mediante la emisión de 59.- nuevas acciones de pago, nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, equivalentes a la cantidad de $9.870.464.- que fueron enteramente suscritas y cuyo pago procederá en la forma indicada en la escritura extractada. b) En consecuencia, se acordó por la unanimidad de los accionistas reemplazar el Artículo Quinto y Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales por los siguientes: “Artículo Quinto: El Capital de la sociedad es la suma de $10.870.464.- dividido en 1.059.- acciones nominativas, ordinarias, de una única serie y sin valor nominal.” “Artículo Primero Transitorio: El capital de la sociedad, ascendente a la suma de $10.870.464.- dividido en 1.059- acciones nominativas, ordinarias, de una única serie y sin valor nominal, se encuentra suscrito, pagado de la siguiente manera : i) Con la suma de $400.000.- pesos, dividido en 400 acciones, sin valor nominal, nominativas, sin series ni privilegios, íntegramente suscritas y pagadas por el accionista INVERSIONES Y ASESORÍAS EL PLOMO S.A. correspondiéndole una participación de un 37,77% en el capital social. ii) Con la suma de $250.000 - pesos, dividido en 250 acciones, sin valor nominal, nominativas, sin series ni privilegios, íntegramente suscritas y pagadas por el accionista INVERSIONES LA PROVIDENCIA SpA, correspondiéndole una participación de un 23,61% en el capital social. iii) Con la suma de $250.000- pesos, dividido en 250 acciones, sin valor nominal, nominativas, sin series ni privilegios, íntegramente suscritas y pagadas por el accionista INVERSIONES LOS CONQUISTADORES SpA, correspondiéndole una participación de un 23,61% en el capital social y iv) Con la suma de $9.970.464, dividido en 159 acciones, sin valor nominal, nominativas, sin series ni privilegios, íntegramente suscritas y pagadas con esta fecha, por MATÍAS VICUÑA BALZE, correspondiéndole una participación de un 15,01% en el capital social En lo no modificado permanecen vigentes los Estatutos de ASESORÍAS E INMOBILIARIA SUPREMA DOS SpA. Demás estipulaciones y acuerdo en la escritura extractada.- Santiago, 03 de Junio de 2020.-