CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Agrícola Medallas del Sur Limitada

RUT 15635813-4 CVE 1770716
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
13 de mayo de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
13 de mayo de 2020
Notario
PATRICIO HERNAN CATHALIFAUD MOROSO
Oficio
12º Notaria Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
Cuidad de Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o establecimientos, otros lugares del país o del extranjero
Duración
10 años contados fecha presente instrumento, plazo que quedará prorrogado automáticamente por períodos sucesivos de 10 años cada uno, salvo manifestación en contrario forma expresada en escritura

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) La explotación agrícola en predios propios o ajenos; b) La plantación o siembra agrícolas, producción, cultivo, cosecha, selección, faenación, comercialización e industrialización de toda clase de productos agropecuarios, prestación de servicios técnicos y agroindustrial, conservación de los mimos en todas sus fases; c) La importación y exportación de insumos agrícolas y agroindustriales; d) La producción de frutas y vegetales para la alimentación humana y animal; e) La producción, distribución y comercialización de lácteos, leches o quesos en todas sus fases; f) la realización, construcción y operación de granjas, charlas o capacitaciones, educativas o de entretención, en predios propios, arrendados o cedidos. Podrá realizar todos los actos que se relacionen directa o indirectamente con su objeto, y además, todos los negocios que los socios de común acuerdo determinen

Administración

Le corresponderá a don DIEGO HUMBERTO RAMIREZ-OLAVARRIA DE LA VEGA y a don NICOLAS IGNACIO JIMENEZ SILVA, quienes actuando separada e indistintamente, y anteponiendo la razón social a su firma, tendrán la representación judicial y extrajudicial de la sociedad en todos los asuntos, amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO HERNAN CATHALIFAUD MOROSO, Notario Público 12º Notaria Santiago, Teatinos 331, Certifica: Por Escritura Pública hoy ante mí: Don DIEGO HUMBERTO RAMIREZ-OLAVARRIA DE LA VEGA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, publicista, cédula nacional de identidad número 15.635.813-4 y don NICOLAS IGNACIO JIMENEZ SILVA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, abogado, cédula nacional de identidad número 15.715.103-7, ambos domiciliado en Santa Ester Sin Numero, Condominio Los Parrales, Parcela 4-2, Colina, Region Metropolitana; constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada al monto de sus aportes. Razón Social: AGRICOLA MEDALLAS DEL SUR LIMITADA. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La explotación agrícola en predios propios o ajenos; b) La plantación o siembra agrícolas, producción, cultivo, cosecha, selección, faenación, comercialización e industrialización de toda clase de productos agropecuarios, prestación de servicios técnicos y agroindustrial, conservación de los mimos en todas sus fases; c) La importación y exportación de insumos agrícolas y agroindustriales; d) La producción de frutas y vegetales para la alimentación humana y animal; e) La producción, distribución y comercialización de lácteos, leches o quesos en todas sus fases; f) la realización, construcción y operación de granjas, charlas o capacitaciones, educativas o de entretención, en predios propios, arrendados o cedidos. Podrá realizar todos los actos que se relacionen directa o indirectamente con su objeto, y además, todos los negocios que los socios de común acuerdo determinen. Administración y uso de la razón social: Le corresponderá a don DIEGO HUMBERTO RAMIREZ-OLAVARRIA DE LA VEGA y a don NICOLAS IGNACIO JIMENEZ SILVA, quienes actuando separada e indistintamente, y anteponiendo la razón social a su firma, tendrán la representación judicial y extrajudicial de la sociedad en todos los asuntos, amplias facultades. Capital: El capital social es la cantidad de 1.000.000 (un millón de pesos), que los socios aportan y se obligan a enterar en la siguiente forma y proporciones: a) don DIEGO HUMBERTO RAMIREZ-OLAVARRIA DE LA VEGA, la cantidad de seiscientos treinta mil pesos, equivalente al sesenta y tres por ciento del capital social, que se entera y paga en ésta acto al contado y en dinero efectivo; y b) don NICOLAS IGNACIO JIMENEZ SILVA, la cantidad de trescientos setenta mil pesos, equivalente al treinta y siete por ciento del capital social, que se entera y paga en ésta acto al contado y en dinero efectivo. Domicilio social: Cuidad de Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o establecimientos, otros lugares del país o del extranjero. Duración: 10 años contados fecha presente instrumento, plazo que quedará prorrogado automáticamente por períodos sucesivos de 10 años cada uno, salvo manifestación en contrario forma expresada en escritura. Responsabilidad de los socios: Limitada al monto de sus aportes. Santiago, 13 de mayo de 2020.