MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS DE INTEGRACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE MAQUINARIAS Y EQUIPOS JOSÉ TORRES EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

RUT 76205288-1 CVE 1770356
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
4 de junio de 2020

Instrumento

Fecha
4 de junio de 2020
Repertorio
6710-2020

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Ley aplicable
Ley Nº 19.857

Objeto social

será la integración de sistemas de control y el diseño, elaboración, fabricación y producción, así como montaje, mantención, reparación y rediseño de maquinarias, equipos, accesorios y plantas industriales de todo tipo; la comercialización, distribución, importación y exportación de partes, piezas, equipos y repuestos relacionados con la fabricación y mantención de máquinas, equipos y accesorios industriales; sin perjuicio de la comercialización de otros productos o servicios anexos o complementarios a los giros principales

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

OLAYA FERRADA GARRIDO, Notario de Concepción, Suplente del titular don Ramón García Carrasco, con domicilio en calle Rengo 444, certifica: Por escritura pública de fecha 04-06-2020, repertorio 6710-2020, compareció: JOSÉ FABIÁN TORRES RIQUELME, Ingeniero Electrónico, soltero, C.I. Nº 16.304.681-4, domiciliado en Avda. Costanera Andalién Sur Nº 221, Torre Mañío, Depto. 306, Lomas de San Sebastián, Concepción, quien comparece en su calidad de propietario y representante legal de la empresa “SERVICIOS DE INTEGRACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE MAQUINARIAS Y EQUIPOS JOSÉ TORRES EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, o “SERVICIOS DE INTEGRACIÓN Y CONSTRUCCIÓN SICME E.I.R.L.”, expuso: Que conforme lo autoriza expresamente el artículo 14 inciso 2º de la Ley Nº 19.857, en este acto viene en transformar la empresa “SERVICIOS DE INTEGRACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE MAQUINARIAS Y EQUIPOS JOSÉ TORRES EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, que también opera con el nombre de fantasía “SERVICIOS DE INTEGRACIÓN Y CONSTRUCCIÓN SICME E.I.R.L.”, RUT Nº 76.205.288-1, inscrita en el registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talcahuano a fojas 124 Nº 134 del año 2012, en una sociedad por acciones que se regirá por el siguiente estatuto conforme a los artículos 424 al 446 del Código de Comercio. Se transforma en ese acto la empresa SERVICIOS DE INTEGRACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE MAQUINARIAS Y EQUIPOS JOSÉ TORRES EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, en una sociedad por acciones cuyo nombre será “SICME SpA”. La sociedad, comenzará a regir como tal, desde esta fecha y tendrá una duración indefinida. El domicilio será la comuna de Talcahuano, sin perjuicio de sucursales, agencias o filiares fuera o dentro del país. Objeto: será la integración de sistemas de control y el diseño, elaboración, fabricación y producción, así como montaje, mantención, reparación y rediseño de maquinarias, equipos, accesorios y plantas industriales de todo tipo; la comercialización, distribución, importación y exportación de partes, piezas, equipos y repuestos relacionados con la fabricación y mantención de máquinas, equipos y accesorios industriales; sin perjuicio de la comercialización de otros productos o servicios anexos o complementarios a los giros principales. Capital: $1.000.000.- divididos en 1000 acciones nominativas de igual valor de una misma serie sin valor nominal, las que serán emitidas sin imprimir laminas físicas de dichos títulos. La administración de la sociedad por acciones será ejercida por el constituyente don José Fabián Torres Riquelme, ya individualizado, en calidad de administrador. El administrador durará 3 años en sus funciones al término de los cuales podrá renovarse automáticamente o reelegirse en sus funciones. El administrador podrá percibir una remuneración fijada anualmente por la Junta de Accionistas. El administrador tendrá la administración, representación judicial y extrajudicial de la sociedad para el cumplimiento del objeto social, a lo cual estará investido de todas las facultades de administración y disposición que el estatuto o la Ley establezca representando a la sociedad y así, anteponiendo a la razón social su firma, la obligará en todos los actos que celebre con las más amplias facultades administrativas y dispositivas para el giro social. El capital de la sociedad ascendente a $1.000.000.- según se indicó en el artículo 5º y 6º de los estatutos, correspondiente a 1.000 acciones, las que por este acto suscribe el constituyente y que se entera en este acto a caja social en dinero en efectivo. Manteniéndose la continuidad legal y tributaria de la empresa “SERVICIOS DE INTEGRACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE MAQUINARIAS Y EQUIPOS JOSÉ TORRES EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” ya individualizada en la comparecencia, don José Fabián Torres Riquelme, por sí o por mandatario especialmente constituido para el efecto deberá requerir en un plazo que no supere de 30 días hábiles desde la presente fecha, la modificación de la razón social ante el Servicio de Impuestos Internos. Se facultó para inscribir y subinscribir. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción 05 de Junio de 2020.