MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

OSVALDO ANDRES QUIÑONES GODOY SERVICIOS AUTOMOTRICES SpA

RUT 76007194-3 CVE 1770474
Capital
$8.250 CLP
Fecha instrumento
31 de diciembre de 2019

Instrumento

Fecha
31 de diciembre de 2019
Notario
JUAN CARLOS MATURANA LEPELEY
Domicilio
Coquimbo

Sociedad

Capital
$8.250 CLP
Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Coquimbo

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN CARLOS MATURANA LEPELEY, Notario Público Coquimbo, Borgoño Nº412, Certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, OSVALDO ANDRES QUIÑONES GODOY, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, empresario, C.I. N°10.984.910-3 y MARIA ANGELICA GUILLERMINA INZUNZA CARDENAS, chilena, casada bajo el régimen de separación total de bienes, factor de comercio, C.I. N°14.516.303-K, ambos domiciliados en Coquimbo, Ruta D cuarenta y tres, El Escorial N°5100, rectificaron, aclararon y modificaron OSVALDO ANDRES QUIÑONES GODOY SERVICIOS AUTOMOTRICES SpA o ALS SERVICIOS SpA, que nace de la transformación de OSVALDO ANDRES QUIÑONES GODOY SERVICIOS AUTOMOTRICES EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, también OSVALDO QUIÑONES GODOY SERVICIOS AUTOMOTRICES EIRL, inscrita a fojas 974 vta. N°600 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena, correspondiente al año 2007. Capital social es de $8.250.000 Aclaración y rectificación consiste en que en la cláusula segunda de la escritura de transformación fechada al 31 de Diciembre de 2019, en donde dice “OSVADO”, debe decir “OSVALDO”. De esta forma, quien comparece en dicha escritura es don OSVALDO ANDRES QUIÑONES GODOY.- Las modificaciones consisten: a) En cuanto al nombre de fantasía “ALS SERVICIOS SpA”, se modifica el artículo primero, del título primero de los estatutos sociales, en el sentido que el nombre de fantasía será “A.L.S SERVICIOS SpA”, para todos los efectos legales. b) El reemplazo del artículo segundo del título primero de los estatutos, en el sentido de indicar que el domicilio de la sociedad será la ciudad de Coquimbo. De esta forma, el señalado artículo quedara de la siguiente forma: “ARTÍCULO SEGUNDO: Domicilio.- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Coquimbo, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda abrir o establecer en otras ciudades del país o en el extranjero.- En todo aquello no rectificado y/o modificado, los comparecientes ratifican el pacto social actualmente vigente.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Coquimbo, 10 de Marzo de 2020.