MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIALIZADORA DEL CARIBE LIMITADA

RUT 76192511-3 CVE 1770461
Fecha instrumento
28 de mayo de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
28 de mayo de 2020
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLOVIS TORO CAMPOS, Notario Titular 13 Notaría Santiago, Compañía 1.312, certifico: Escritura hoy ante mí, FERNANDO ROBERTO AMPUERO FLOREZ, chileno, divorciado, comerciante, cédula nacional de identidad número catorce millones seiscientos doce mil trescientos treinta y nueve guión dos, domiciliado en Pocuro número dos mil novecientos cinco, departamento trescientos cinco Providencia; RAUL ANDRES PEÑA GONZALEZ, chileno, soltero, administrativo, cédula nacional de identidad número trece millones treinta y dos mil novecientos cuarenta y nueve guión siete, domiciliado en José Manuel Guzmán número mil doscientos diecisiete, departamento treinta y cuatro A, Pudahuel; y MITZI DAYANA CONCHA ROMAN, chilena, soltera, comerciante, cédula nacional de identidad número dieciséis millones ciento trece mil ochocientos cuarenta guión uno, domiciliada en Pocuro número dos mil novecientos cinco, departamento trescientos cinco, Providencia, modificaron sociedad responsabilidad limitada denominada: “COMERCIALIZADORA DEL CARIBE LIMITADA” nombre fantasía “DEL CARIBE LTDA.” Rol Unico Tributario número setenta y seis millones ciento noventa y dos mil quinientos once guión tres, siendo su capital inicial la suma de quince millones de pesos, constituida el diez de mayo de dos mil doce, ante el Titular de este oficio, cuyo extracto fue publicado en la edición del Diario Oficial de fecha diecisiete de mayo de dos mil doce, y se inscribió a fojas treinta y un mil seiscientos, número veintidós mil doscientos sesenta y nueve, Registro Comercio Santiago, año dos mil doce. Presente instrumento, RAUL ANDRES PEÑA GONZALEZ, titular del cincuenta por ciento haber social transfiere el total de sus derechos en la compañía como sigue: a) el diez por ciento de derechos en la sociedad a FERNANDO ROBERTO AMPUERO FLOREZ, en la suma de quinientos mil pesos pagados; y b) el cuarenta por ciento de derechos en la sociedad a MITZI DAYANA CONCHA ROMAN, en dos millones de pesos, pagados. En consecuencia quedan como únicos y exclusivos socios y en proporción del haber social don FERNANDO ROBERTO AMPUERO FLOREZ, titular del sesenta por ciento del haber social y doña MITZI DAYANA CONCHA ROMAN, titular del cuarenta por ciento del haber social quienes ratifican que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don FERNANDO ROBERTO AMPUERO FLOREZ. En lo no modificado queda vigente el pacto social aludido en la cláusula primera. Otros pactos escritura extractada. Santiago, 28 mayo 2020.