MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA AGROSAN LIMITADA

RUT 76306936-2 CVE 1770600
Capital
$1.000.000 CLP
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Comuna
Santiago

Sociedad

N. fantasía
Agrosan SpA
Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto la actividad agrícola, esto es, la adquisición, enajenación y explotación directa o indirecta de predios agrícolas, sean estos propios o ajenos. Con todo, podrá dedicarse a cualquier otra actividad que los socios acuerden

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN IGNACIO SAN MARTIN SCHRÖDER, Suplente del Titular 43º Notaría de Santiago, don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, con Oficio en calle Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifico que: Por escritura pública 1º Junio 2020, ante mí: (a) Matías Sánchez Larraín, Lota 2.589, departamento 501, Providencia, (b) Álvaro Javier Posada González, Padre Restrepo 2.682, Providencia; y, (c) José Miguel Núñez Prado, El Recurso, parcela 79, Buin, acordaron cesión de derechos sociales, modificación y transformación de “AGRÍCOLA AGROSAN LIMITADA”, inscrita a fs. 8.174 Nº 5.071 del Registro Comercio de Santiago, año 2015. I.- Cesión de derechos: Álvaro Javier Posada González, vende, cede y transfiere a José Miguel Núñez Prado, derechos equivalentes al cincuenta por ciento del capital de la Sociedad. Precio y demás condiciones constan en escritura extractada II.- Modificación de Sociedad: Como consecuencia de la venta derechos, se sustituye el artículo Séptimo de los estatutos sociales por el siguiente: “Séptimo: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, que los socios han aportado en las siguientes proporciones: (a) Matías Sánchez Larraín ha aportado la suma de $500.000, con una participación equivalente al 50% de los derechos sociales; y, (b) José Miguel Núñez Prado, ha aportado la suma de $500.000, con una participación equivalente al 50% de los derechos sociales.” III.- Transformación de sociedad: Matías Sánchez Larraín y José Miguel Núñez Prado en su calidad de únicos socios de “AGRÍCOLA AGROSAN LIMITADA”, acuerdan transformar la Sociedad, mediante el cambio de especie o tipo social, en una sociedad por acciones, cuyo pacto social es del siguiente tenor: Nombre: AGRÍCOLA AGROSAN SpA. Nombre de fantasía: Agrosan SpA. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros lugares del país o el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la actividad agrícola, esto es, la adquisición, enajenación y explotación directa o indirecta de predios agrícolas, sean estos propios o ajenos. Con todo, podrá dedicarse a cualquier otra actividad que los socios acuerden. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 10.000 acciones nominativas, todas de una misma serie, y sin valor nominal, que se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 1º de Junio de 2020.