CONSTITUCIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

TRANSPORTES MARIA VIERA VALDIVIESO EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

RUT 14704712-6 CVE 1770160
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
4 de junio de 2020
Notaría
Arica

Instrumento

Fecha
4 de junio de 2020
Notario
CARLOS URBINA RESZCZYNSKI
Oficio
Tercera Notaría de Arica
Comuna
Arica

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLOS URBINA RESZCZYNSKI, Abogado, Notario Público Titular Tercera Notaría de Arica, con oficio Rafael Sotomayor 301, CERTIFICA: Por escritura de hoy, ante mí, doña MARÍA VIERA VALDIVIESO, peruana, rentista, rut. 14.704.712-6, domiciliada Pasaje Remolino, parcela 57 B, Cerro Sombrero, Arica, de 47 años de edad, constituyó empresa individual de responsabilidad limitada bajo razón social “TRANSPORTES MARIA VIERA VALDIVIESO EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, pudiendo actuar con nombre de fantasía “TRANSPORTES VIERA E.I.R.L.”.- Objeto es: a) el transporte de mercaderías y toda clases de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; b) la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; c) la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; d) todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; y e) cualquier otra actividad que acuerde el socio. Asimismo, la sociedad podrá actuar dentro de los regímenes generales y especiales establecidos para Zonas Francas del país o extranjeras, cumpliendo con las disposiciones legales en vigor.- Administración y uso razón social corresponderá a la constituyente quien podrá actuar en nombre de la empresa y anteponiendo la razón social a su firma, con facultades indicadas en la cláusula cuarta de la escritura constitutiva. Capital: $3.000.000.-, aportado contado y en dinero efectivo, totalmente pagado e ingresado a la caja, en el acto de la constitución.- La constituyente limita responsabilidad hasta monto de su aporte.- Empresa comenzará regir fecha escritura constitutiva y su duración será indefinida. Domicilio ciudad de Arica, sin perjuicio de sucursales que establezcan en el resto del país o en el extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Arica, 04 de junio de 2020.-