CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

GASTLI SpA

CVE 1770175
Capital
$25.000 CLP
Fecha instrumento
4 de junio de 2020
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
4 de junio de 2020
Repertorio
767/2020

Sociedad

Capital
$25.000 CLP
Domicilio
Viña del Mar
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto social será: a) Servicio de Inspección y certificación de instalaciones interiores de gas, pudiendo realizar inspecciones periódicas, certificación de obras nuevas y)o modificadas; b) la prestación de servicios de asesoría, consultoría y capacitación en el área de ingeniería en todas sus ramas, destacando entre otras las siguientes; área de inspección en la prevención de riesgo en todas la materias, sistemas de gestión, implementación de normativas de gestión de calidad; c) la realización de todo tipo de inversiones en bienes raíces urbanos o rurales, su adquisición, administración, explotación, arrendamiento, venta, comercialización y, d) en general, efectuar cualquier otro negocio o actividad que se relacione directa o indirectamente con el objeto social, sin que para ello sea necesario modificar los estatutos. USO DE LA RAZÓN SOCIAL, ADMINISTRACIÓN Y

Administración

corresponderá a la persona designada por acuerdo de la mayoría absoluta de las acciones en Junta General de Accionistas, cuya Acta deberá ser reducida a escritura pública y anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio competente. Sin perjuicio de lo anterior, se designa como administrador provisorio de la sociedad a don RONALD ANDRÉS CATALDO BARRAZA, quien tendrá la administración, uso de la razón social y representación legal de la sociedad y quien gozará de las más amplias facultades indicadas en el Artículo Séptimo y Octavo del pacto social hasta que se designe un administrador definitivo de la sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, Notario Viña del Mar, Av. Libertad 901, local A, certifico: Por escritura pública 04 de Junio de 2020, ante mí, Repertorio N°767/2020, RONALD ANDRÉS CATALDO BARRAZA, Ingeniero en Prevención de Riesgos, Calidad y Ambiente, domiciliado en calle Avenida Libertad N°521, Miraflores Alto, Villa Dulce Ampliación, Viña del Mar, constituye una sociedad por acciones cuyas clausulas a extractar son: RAZÓN SOCIAL: "GASTLI SpA". OBJETO: El objeto social será: a) Servicio de Inspección y certificación de instalaciones interiores de gas, pudiendo realizar inspecciones periódicas, certificación de obras nuevas y/o modificadas; b) la prestación de servicios de asesoría, consultoría y capacitación en el área de ingeniería en todas sus ramas, destacando entre otras las siguientes; área de inspección en la prevención de riesgo en todas la materias, sistemas de gestión, implementación de normativas de gestión de calidad; c) la realización de todo tipo de inversiones en bienes raíces urbanos o rurales, su adquisición, administración, explotación, arrendamiento, venta, comercialización y, d) en general, efectuar cualquier otro negocio o actividad que se relacione directa o indirectamente con el objeto social, sin que para ello sea necesario modificar los estatutos. USO DE LA RAZÓN SOCIAL, ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN: corresponderá a la persona designada por acuerdo de la mayoría absoluta de las acciones en Junta General de Accionistas, cuya Acta deberá ser reducida a escritura pública y anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio competente. Sin perjuicio de lo anterior, se designa como administrador provisorio de la sociedad a don RONALD ANDRÉS CATALDO BARRAZA, quien tendrá la administración, uso de la razón social y representación legal de la sociedad y quien gozará de las más amplias facultades indicadas en el Artículo Séptimo y Octavo del pacto social hasta que se designe un administrador definitivo de la sociedad. DOMICILIO: Viña del Mar, sin perjuicio de sucursales en todo el país y en el extranjero. DURACIÓN: Indefinida. CAPITAL: $25.000.000 dividido en mil acciones nominativas, de igual valor y sin valor nominal, que se suscribe y paga íntegramente y en dinero efectivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. VIÑA DEL MAR, A CUATRO DE JUNIO DE DOS MIL VEINTE. Viña del Mar 04-06-2020