MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Agustín Fossatti V. e Hijos Limitada

RUT 76249270-9 CVE 1770282
Capital
$5.525.218.049 CLP
Fecha instrumento
9 de abril de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
9 de abril de 2020
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.525.218.049 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, 2° piso, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 09 de abril de 2020, ante mí: doña Romina Paz Fossatti Vilches, Sociedad de Inversiones San Agustín Limitada, Inversiones Aleocla SpA, domiciliados en Avenida Jorge Alessandri número 13.059, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana, de paso en ésta, acordaron modificación de Agustín Fossatti V. e Hijos Limitada, inscrita a fojas 37.322 número 27.765 del Registro de Comercio de Santiago del año 2004, en el siguiente sentido: I.- Da cuenta de hecho que indica. En concordancia a los hechos descritos en la escritura extractada, la sociedad Inversiones Aleocla SpA, con motivo de haber adquirido el 100% de los derechos hereditarios que le correspondía a la Sucesión del socio fallecido don Nicolás Agustín Fossatti Vilches, se ha incorporado, en consecuencia, como nuevo socio de Agustín Fossatti V. e Hijos Limitada, incorporación que cuenta con la aprobación y consentimiento unánime de los socios restantes, quienes vienen en dar cuenta de la modificación de socios, procediendo de este modo la correspondiente adecuación relativa a la cláusula del capital de la sociedad.- II.- Retiro de Socio e Incorporación de Socio. Como consecuencia del fallecimiento del socio Nicolás Agustín Fossatti Vilches, de la sucesión por causa de muerte, de la cesión de los derechos hereditarios y la posterior adjudicación de bienes realizada por Inversiones Aleocla SpA, los socios de la sociedad Agustín Fossatti V. e Hijos Limitada, dejan constancia del retiro de don Nicolás Agustín Fossatti Vilches como socio de la Sociedad, y de la consecuente incorporación de Inversiones Aleocla SpA como nueva socia.- III.- Modificación de Estatutos Sociales. Los actuales y únicos socios de la sociedad acuerdan modificar el Artículo Cuarto y el Artículo Tercero de los Estatutos Sociales, relativos al capital social y administración, respectivamente, los cuales quedan expresados con el siguiente tenor: “Artículo Cuarto: Capital. El capital de la sociedad asciende a la suma de $5.525.218.049, íntegramente suscrito y pagado por sus socios en las siguientes cantidades y proporciones: i) doña Romina Paz Fossatti Vilches, con la suma de $276.260.902, equivalentes al 5% de los derechos sociales, ii) Inversiones Aleocla SpA, con la suma de $276.260.902, equivalentes al 5% de los derechos sociales, y iii) Sociedad de Inversiones San Agustín Limitada con la suma de $4.972.696.244, equivalentes al 90% restante de los derechos sociales”; “Artículo Tercero: La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá única y exclusivamente a don Agustín Gabriel Fossatti Vásquez, quien contará con amplias facultades de administración, pudiendo obligarla en toda clase de actos, contratos, convenciones, operaciones, negocios y trámites que se relacionen directa o indirectamente con el giro de la sociedad. En caso de fallecimiento, ausencia y /o impedimento definitivo de don Agustín Gabriel Fossatti Vásquez, cuestión que no será necesario acreditar frente a terceros, la administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial, con idénticas facultades, corresponderá a doña Romina Paz Fossatti Vilches quien contará con amplias facultades de administración, pudiendo obligarla en toda clase de actos, contratos, convenciones, operaciones, negocios y trámites que se relacionen directa o indirectamente con el giro de la sociedad [….]”. Además de las atribuciones antes referidas, los administradores, en cada caso, tendrán las facultades enunciadas en la escritura extractada, sin que dicha enumeración sea taxativa, sino que meramente enunciativa. Socios declaran responsabilidad hasta el monto de sus aportes, y en todo lo no modificado quedan plenamente vigentes estatutos sociales.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 8 de mayo de 2020.-