TRANSPORTES SERGIO CARLOS AVELLO MACAYA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de junio de 2020
- Notario
- JORGE LAGOS PACHECO
- Domicilio
- las comunas de Angol y Renaico
Sociedad
- Domicilio
- La empresa tendrá domicilio en Angol
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la Sociedad será: a) Transporte de Carga en general por carretera, por cuenta propia o ajena de fletes de todo tipo de mercaderías, nacional o extranjero, prestación de Servicios de Transportes; b) Cualquier otra actividad económica relacionada con las anteriores.- Responsabilidad: La empresa responde exclusivamente con las obligaciones contraídas dentro de su giro, con todos sus bienes
Administración
Corresponde a su titular quien la representa judicial y extrajudicialmente para el cumplimiento del objeto de la empresa, con todas las facultades de administración y disposición, quien anteponiendo a su firma el nombre de la empresa, con facultades y limitaciones establecidas en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE LAGOS PACHECO, abogado, Notario Público de las comunas de Angol y Renaico, Suplente del Titular don CHARLES DE LA HARPE PALMA, con domicilio en calle Bunster número trescientos cuarenta y uno, de la ciudad y comuna de Angol, CERTIFICO: Por escritura pública suscrita hoy, ante mí, don SERGIO CARLOS AVELLO MACAYA, chileno, viudo, independiente, 67 años de edad, domiciliado en Pasaje Rehue cero setecientos veinticinco Población Javiera Carrera de la ciudad de Angol, constituyó Empresa Individual de Responsabilidad Limitada: Razón Social: "TRANSPORTES SERGIO CARLOS AVELLO MACAYA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA", pudiendo actuar ante terceros como “TRANSPORTES SAN DANIEL E.I.R.L.". Objeto: El objeto de la Sociedad será: a) Transporte de Carga en general por carretera, por cuenta propia o ajena de fletes de todo tipo de mercaderías, nacional o extranjero, prestación de Servicios de Transportes; b) Cualquier otra actividad económica relacionada con las anteriores.- Responsabilidad: La empresa responde exclusivamente con las obligaciones contraídas dentro de su giro, con todos sus bienes.- Administración: Corresponde a su titular quien la representa judicial y extrajudicialmente para el cumplimiento del objeto de la empresa, con todas las facultades de administración y disposición, quien anteponiendo a su firma el nombre de la empresa, con facultades y limitaciones establecidas en escritura extractada.- Capital Social: El monto del capital que se transfiere a la empresa es la suma de diez millones de pesos, que aporta y aportará a la empresa de la siguiente manera: A) Con la suma de cinco millones de pesos, en este acto al contado en dinero en efectivo, los que entera en caja social; y B) Con la suma de cinco millones de pesos que se enterarán en caja social mediante cuatro cuotas mensuales, iguales y sucesivas de un millón doscientos cincuenta mil pesos cada una, con vencimiento el último día hábil de los meses de junio a septiembre de dos mil veinte.- Duración: La empresa tendrá una duración indefinida a menos que el titular expresara su voluntad de no continuar en ella por un nuevo período.- Esta manifestación de voluntad deberá hacerse por escritura pública, de la cual se tomará nota al margen de la inscripción de la empresa individual de responsabilidad limitada en el Registro de Comercio.- Domicilio: La empresa tendrá domicilio en Angol, sin perjuicio de las agencias y sucursales que constituya en otras ciudades del país o en el extranjero.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Angol, 03 de JUNIO de 2020.