CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD DE INVERSIONES LALILA SpA

RUT 15355834-5 CVE 1769947
Capital
$8.000.000 CLP
Fecha instrumento
29 de mayo de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
29 de mayo de 2020
Notario
WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ
Oficio
49ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$8.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio será la ciudad de Santiago. Sin embargo, la administración podrá establecer sucursales, agencias o establecimientos en otros lugares del país o del extranjero
Duración
Indefinida

Objeto social

será el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, arrendamiento, subarrendamientos, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; compraventa, arrendamiento, permuta, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, muebles o inmuebles y derechos sobre ellos, corporales o incorporales su administración y exportación, por cuenta propia o ajena; invertir en bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase, como ser: acciones, bonos, debentures; y en general, invertir en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y)o asociada o en co- participación con terceros; y cualquier otro negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo expresado; pudiendo efectuar toda clase de actos y contratos que relacionen directa o indirectamente con sus fines y que sean conducentes para el logro de los objetivos sociales, sin limitación alguna, todo ello sin perjuicio de los demás negocios que los socios acuerde, bastando par éste efecto la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos. Capital y acciones. es la suma de $8.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, que se suscribe y paga, cincuenta acciones de “SERIE A” y cincuenta acciones de “SERIE B”, a razón de ochenta mil pesos por acción, que se paga y suscribe en el presente acto en dinero efectivo, y bajo la activación contable de valor libro: quedando las acciones divididas en la siguiente proporción CINCUENTA ACCIONES DE SERIE A a cargo de la señor JORGE LUIS GALLEGOS BASUALTO y CINCUENTA ACCIONES DE SERIE B a cargo de la propia sociedad; quedando obligado al constituyente a transferir el número de acciones adjudicados a la sociedad de su propia emisión en el plazo máximo de treinta y seis meses contados desde la suscrición de la presenta acta de constitución societaria. Las acciones de “SERIE A” serán preferentes en pago respecto de las acciones de “SERIE B”. La sociedad cerrar su ejercicio y confeccionara un balance general de sus operaciones al treinta y uno de diciembre de cada año. No estará obligada a confeccionar una memoria. La sociedad destinará al pago de dividendos l aparte de las utilidades liquidas que acuerden el o los accionistas y no estará obligada acordar la distribución de a lo menos el treinta por ciento de dichas utilidades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ, Abogado, Notario Público de la 49ª Notaría de Santiago, Amunetegui Nº 391, Local 1, CERTIFICA:Por escritura pública del 29-05-2020 ante mí, JORGE LUIS GALLEGOS BASUALTO, chileno, divorciado, ingeniero, c.i. 15.355.834-5, domiciliados para estos efectos en Huérfanos 863, oficinas 817-818, comuna de Santiago, presente acto viene en celebrar contrato de constitución de sociedad por acciones (S.p.A), regida por las disposiciones que se contiene en los presentes estatutos y lo dispuesto en el artículo diecisiete de la Ley veinte mil ciento noventa, que modificó los artículos cuatrocientos treinta y ocho y siguientes del Código de Comercio, y en subsidio, regirán las normas anónimas y su Reglamente, por los demás preceptos legales aplicables a tal materia y, especialmente, por los estatutos que a continuación se señalan: ESTATUTO SOCIAL “SOCIEDAD DE INVERSIONES LALILA SpA.”, DURACIÓN: será indefinida. Domicilio: El domicilio será la ciudad de Santiago. Sin embargo, la administración podrá establecer sucursales, agencias o establecimientos en otros lugares del país o del extranjero. OBJETO: será el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, arrendamiento, subarrendamientos, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; compraventa, arrendamiento, permuta, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, muebles o inmuebles y derechos sobre ellos, corporales o incorporales su administración y exportación, por cuenta propia o ajena; invertir en bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase, como ser: acciones, bonos, debentures; y en general, invertir en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co- participación con terceros; y cualquier otro negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo expresado; pudiendo efectuar toda clase de actos y contratos que relacionen directa o indirectamente con sus fines y que sean conducentes para el logro de los objetivos sociales, sin limitación alguna, todo ello sin perjuicio de los demás negocios que los socios acuerde, bastando par éste efecto la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos. Capital y acciones. es la suma de $8.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, que se suscribe y paga, cincuenta acciones de “SERIE A” y cincuenta acciones de “SERIE B”, a razón de ochenta mil pesos por acción, que se paga y suscribe en el presente acto en dinero efectivo, y bajo la activación contable de valor libro: quedando las acciones divididas en la siguiente proporción CINCUENTA ACCIONES DE SERIE A a cargo de la señor JORGE LUIS GALLEGOS BASUALTO y CINCUENTA ACCIONES DE SERIE B a cargo de la propia sociedad; quedando obligado al constituyente a transferir el número de acciones adjudicados a la sociedad de su propia emisión en el plazo máximo de treinta y seis meses contados desde la suscrición de la presenta acta de constitución societaria. Las acciones de “SERIE A” serán preferentes en pago respecto de las acciones de “SERIE B”. La sociedad cerrar su ejercicio y confeccionara un balance general de sus operaciones al treinta y uno de diciembre de cada año. No estará obligada a confeccionar una memoria. La sociedad destinará al pago de dividendos l aparte de las utilidades liquidas que acuerden el o los accionistas y no estará obligada acordar la distribución de a lo menos el treinta por ciento de dichas utilidades. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 29 Mayo 2020.-