SISTEMAS GLOBALES CHILE - ASESORÍAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 8 de abril de 2020
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- Octava Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaria de Santiago, con oficio en Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifico: Por escritura pública de hoy ante mí, GLOBANT ESPAÑA S.A., y SOFTWARE PRODUCT CREATION S.L., todos domiciliados en Avenida El Golf 150, Piso 10, comuna de Las Condes, Santiago, en su calidad de únicos y actuales socios, acordaron modificar la sociedad de responsabilidad limitada denominada “SISTEMAS GLOBALES CHILE - ASESORÍAS LIMITADA”, en adelante la “Sociedad”, inscrita a fojas 42515, número 30311 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2005 en los términos siguientes: producto de un cambio de denominación social del socio GLOBANT ESPAÑA, S.A. (antes GLOBANT S.A.U. y originalmente denominada IT OUTSOURCING S.L.), los socios vienen a sustituir el Artículo Primero y Cuarto de los estatutos sociales por los siguientes: “PRIMERO. Que por este acto la sociedad GLOBANT ESPAÑA S.A., y la sociedad SOFTWARE PRODUCT CREATION S.L., vienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada, que se regirá por las normas de la ley número tres mil novecientos dieciocho, y sus modificaciones, las disposiciones supletorias del Código Civil y Código de Comercio, y las siguientes estipulaciones.”; “CUARTO. El capital de la sociedad es de tres millones doscientos mil pesos, suma que ha sido íntegramente aportada por los socios en la siguiente forma y proporción: /A/ GLOBANT ESPAÑA S.A., titular del NOVENTA Y CINCO POR CIENTO del total de los derechos sociales, correspondientes a tres millones cuarenta mil pesos; y /B/ SOFTWARE PRODUCT CREATION S.L., titular del CINCO POR CIENTO del total de los derechos sociales, correspondientes a ciento sesenta mil pesos” En todo lo no modificado se mantendrán plenamente vigentes las estipulaciones contenidas en el pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 8 de abril de 2020.