CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES y PRODUCCIÓN DE EVENTOS DeLEOREAN SpA

CVE 1769693
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
3 de junio de 2020
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
3 de junio de 2020
Notario
FRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRIGUEZ
Domicilio
Arlegui N° 333 local 111

Sociedad

N. fantasía
“DeLEOREAN S.p.A.”.CAPITAL: $5.000.000.- aportados de la siguiente manera: 1) LUIS ALBERTO SEPULVEDA GALAZ: A) capital enterado $3.000.000.- en dinero efectivo.- B) MATÍAS IGNACIO SÁNCHEZ STRANGE, B) Capital enterado $1.000.000.- en dinero efectivo.- C) ERICK GONZALO OVIEDO TEJO, C) Capital enterado $500.000.- en dinero efectivo.- D) CARLOS ALEJANDRO YAÑEZ VALENZUELA D) Capital enterado $500.000.- en dinero efectivo
Capital
$5.000.000 CLP
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) Adquirir, comprar, vender, permutar, ceder, administrar, y en cualquier forma adquirir o enajenar toda clase de bienes muebles e inmuebles en general, b) Comprar, vender, permutar, ceder y en cualquier forma adquirir o enajenar toda clase de acciones de sociedades anónimas, bonos, debentures, efectos públicos o de comercio y demás valores mobiliarios y financieros, firmar las escrituras o traspasos de las mismas, c) Celebrar toda clase de contratos con bancos nacionales y extranjeros, Banco del Estado y Banco Central de Chile y demás instituciones de crédito, ya sean personas naturales o jurídicas, instituciones fiscales, semifiscales, municipales o privadas, contratar y cerrar cuentas corrientes bancarias de todo tipo, girar y sobregirar en ellas; contratar créditos en cuenta corriente, sobregirar, girar, retirar talonarios, cobrar, depositar, endosar, dar órdenes de no pago, y cancelarlas, protestar y revalidar cheques, sean nominativos, a la orden o al portador; retirar talonarios de cheques; reconocer, aceptar o rechazar los estados de saldo bancarios; contratar boletas de garantía y suscribir sus documentos anexos; depositar y retirar valores en custodia ; contratar toda clase de créditos, ya sea de corto, mediano o largo plazo, con o sin garantía, contratar cajas de seguridad y abrirlas, hacer tomar y retirar depósitos a la vista ; a plazo o condicionales, pudiendo endosarlos y cancelarlos. d) Girar, aceptar, suscribir, reaceptar, endosar en pago, en descuento, en cobranza o en garantía, cancelar, negociar, cobrar, prorrogar, tanto pagarés como letras de cambio o hipotecarias y otros documentos, e) Contratar cuentas de ahorro y girar sobre los depósitos de dichas cuentas. f) Fijar precios de compra, de venta, de arrendamiento y condiciones de pago. Acordar formas de entrega y cualquier otra modalidad inherentes a cualquier tipo de operación bancaria o comercial, g) Otorgar recibos de dinero o de cualquier otra especie, cancelaciones y finiquitos, h) Cobrar y percibir judicial o extrajudicialmente lo que se adeude a la sociedad o llegare a adeudársele, sea cual fuere el origen de la deuda o su naturaleza, otorgando los correspondientes recibos y cancelaciones, i) Celebrar contratos de mandato o aceptarlos, de seguro, de mutuo, de comodato, de transporte, de cuenta corriente comercial, de sociedad, pudiendo formarlas, modificarlas o disolverlas; otorgar, constituir y aceptar hipotecas, prendas y fianzas, tomar y ceder créditos de cualquier naturaleza y autocontratar. j) Celebrar contratos de arrendamiento sobre bienes muebles e inmuebles, sea como arrendadores o arrendatarios, fijar y aceptar rentas de arrendamiento, notificar desahucios, reconvenir de pago, dar término a dichos contratos, rescindirlos, resolverlos, resciliarlos, anularlos y modificarlos, comprar y vender bienes inmuebles, ceder créditos, k) Retirar de correos toda clase de correspondencia, oficial u ordinaria, cartas certificadas, encomiendas, cobrar giros postales o telegráficos, retirar cargas y mercaderías del Servicio de Aduanas, de Ferrocarriles u otras empresas de transporte, l) Celebrar todo tipo de contratos de construcción, sean estos por suma alzada o por administración, de instalación o confección de especialidades, pudiendo al efecto fijar su monto, forma de pago, condiciones y poner término a dichos contratos. m) Celebrar contratos de arrendamiento de servicios y contratos de trabajo, fijar montos de remuneraciones y formas de pago, poner término a dichos contratos y desahuciarlos firmando los finiquitos que correspondan, n) Celebrar, bajo su sola firma, contratos de sociedad de todo tipo, pudiendo al efecto constituirlos, modificarlos, liquidarlos y rectificarlos. ñ) Realizar operaciones de importación y exportación de toda clase de mercaderías y materias primas, inscribirse en los registros respectivos, abrir acreditivos en los bancos comerciales y del Estado, firmar los documentos anexos, y ejecutar operaciones de cambio internacionales, comprar y vender monedas extranjeras, divisas y otros efectos de comercio o públicos necesarios para estos fines, retirar y endosar documentos de embarque, pólizas, etcétera, o) Representar a la Sociedad ante toda clase de autoridades, sean civiles, judiciales o administrativas, municipales, corporaciones o fundaciones y, en general, ante cualquier persona natural o jurídica. p) Podrá asimismo conferir mandatos, delegarlos y revocarlos, q) Otorgar y solicitar créditos con o sin garantías, aceptar administraciones y representaciones, prorrogar pagos que se adeuden a la Sociedad, y condonar multas e intereses, r) En el orden judicial, representarán a la Sociedad con todas y cada una de las facultades señaladas en ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, ante toda clase de Tribunales, sean ordinarios, especiales, arbitrales, administrativos o municipales) producción de eventos, arriendo de equipamiento y estructura t) producción de eventos masivos y sociales u) diseños de escenarios, iluminación, seguridad, sonido y recursos humanos v) producción de eventos de discoteque; como asimismo, la realización de todo tipo de actividad que se relacione directa o indirectamente con el objeto social, sin que para ello sea necesario modificar los estatutos. RESPONBALIDAD: hasta el monto del

Administración

La administración y el uso de la razón social corresponderá a un Administrador y un Gerente General, los que serán nombrado por los accionistas en Junta Ordinaria de Accionistas, o bien, mediante designación en escritura pública suscrita por la totalidad de los accionistas, quienes podrán representar conjunta, separada o alternadamente a la sociedad, anteponiendo la razón social a sus firmas, con las más amplias facultades de administración y disposiciones de bienes USO

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRIGUEZ, Abogado, Notario Público Titular, Arlegui N° 333 local 111, Viña del Mar, certifica: Por Escritura Pública otorgada dos de junio de dos mil veinte, ante mí, don LUIS ALBERTO SEPULVEDA GALAZ, chileno, soltero, cedula nacional de identidad número quince millones quinientos trece mil ciento veinte y tres guión tres, con domicilio en calle Villanelo numero ciento treinta y cinco, Viña del Mar; compareciendo por sí y en representación de don ERICK GONZALO OVIEDO TEJO, chileno, cédula de identidad once millones novecientos siete mil setecientos cuarenta y tres guion tres, casado, domiciliado en Javiera Carrera mil doscientos diez, Temuco, Región de la Araucanía Tres y de don CARLOS ALEJANDRO YAÑEZ VALENZUELA, ingeniero eléctrico, cédula de identidad diez millones ciento veintiocho mil setenta y cuatro guion ocho, domiciliado en Ocho norte trescientos treinta tres, Viña del Mar; Cuatro.- MATÍAS IGNACIO SÁNCHEZ STRANGE, chileno, soltero, cedula nacional de identidad número dieciocho millones seiscientos dieciocho mil setecientos sesenta y tres guion seis , con domicilio en José Manuel Balmaceda trescientos cuarenta y tres departamento cuarenta y dos, Recreo, Viña del Mar, todos los comparecientes mayores de edad,Constituyeron la Sociedad Por Acciones. NOMBRE DE SOCIEDAD: INVERSIONES y PRODUCCIÓN DE EVENTOS DeLEOREAN S.p.A, NOMBRE DE FANTASIA: “DeLEOREAN S.p.A.”.CAPITAL: $5.000.000.- aportados de la siguiente manera: 1) LUIS ALBERTO SEPULVEDA GALAZ: A) capital enterado $3.000.000.- en dinero efectivo.- B) MATÍAS IGNACIO SÁNCHEZ STRANGE, B) Capital enterado $1.000.000.- en dinero efectivo.- C) ERICK GONZALO OVIEDO TEJO, C) Capital enterado $500.000.- en dinero efectivo.- D) CARLOS ALEJANDRO YAÑEZ VALENZUELA D) Capital enterado $500.000.- en dinero efectivo.- OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) Adquirir, comprar, vender, permutar, ceder, administrar, y en cualquier forma adquirir o enajenar toda clase de bienes muebles e inmuebles en general, b) Comprar, vender, permutar, ceder y en cualquier forma adquirir o enajenar toda clase de acciones de sociedades anónimas, bonos, debentures, efectos públicos o de comercio y demás valores mobiliarios y financieros, firmar las escrituras o traspasos de las mismas, c) Celebrar toda clase de contratos con bancos nacionales y extranjeros, Banco del Estado y Banco Central de Chile y demás instituciones de crédito, ya sean personas naturales o jurídicas, instituciones fiscales, semifiscales, municipales o privadas, contratar y cerrar cuentas corrientes bancarias de todo tipo, girar y sobregirar en ellas; contratar créditos en cuenta corriente, sobregirar, girar, retirar talonarios, cobrar, depositar, endosar, dar órdenes de no pago, y cancelarlas, protestar y revalidar cheques, sean nominativos, a la orden o al portador; retirar talonarios de cheques; reconocer, aceptar o rechazar los estados de saldo bancarios; contratar boletas de garantía y suscribir sus documentos anexos; depositar y retirar valores en custodia ; contratar toda clase de créditos, ya sea de corto, mediano o largo plazo, con o sin garantía, contratar cajas de seguridad y abrirlas, hacer tomar y retirar depósitos a la vista ; a plazo o condicionales, pudiendo endosarlos y cancelarlos. d) Girar, aceptar, suscribir, reaceptar, endosar en pago, en descuento, en cobranza o en garantía, cancelar, negociar, cobrar, prorrogar, tanto pagarés como letras de cambio o hipotecarias y otros documentos, e) Contratar cuentas de ahorro y girar sobre los depósitos de dichas cuentas. f) Fijar precios de compra, de venta, de arrendamiento y condiciones de pago. Acordar formas de entrega y cualquier otra modalidad inherentes a cualquier tipo de operación bancaria o comercial, g) Otorgar recibos de dinero o de cualquier otra especie, cancelaciones y finiquitos, h) Cobrar y percibir judicial o extrajudicialmente lo que se adeude a la sociedad o llegare a adeudársele, sea cual fuere el origen de la deuda o su naturaleza, otorgando los correspondientes recibos y cancelaciones, i) Celebrar contratos de mandato o aceptarlos, de seguro, de mutuo, de comodato, de transporte, de cuenta corriente comercial, de sociedad, pudiendo formarlas, modificarlas o disolverlas; otorgar, constituir y aceptar hipotecas, prendas y fianzas, tomar y ceder créditos de cualquier naturaleza y autocontratar. j) Celebrar contratos de arrendamiento sobre bienes muebles e inmuebles, sea como arrendadores o arrendatarios, fijar y aceptar rentas de arrendamiento, notificar desahucios, reconvenir de pago, dar término a dichos contratos, rescindirlos, resolverlos, resciliarlos, anularlos y modificarlos, comprar y vender bienes inmuebles, ceder créditos, k) Retirar de correos toda clase de correspondencia, oficial u ordinaria, cartas certificadas, encomiendas, cobrar giros postales o telegráficos, retirar cargas y mercaderías del Servicio de Aduanas, de Ferrocarriles u otras empresas de transporte, l) Celebrar todo tipo de contratos de construcción, sean estos por suma alzada o por administración, de instalación o confección de especialidades, pudiendo al efecto fijar su monto, forma de pago, condiciones y poner término a dichos contratos. m) Celebrar contratos de arrendamiento de servicios y contratos de trabajo, fijar montos de remuneraciones y formas de pago, poner término a dichos contratos y desahuciarlos firmando los finiquitos que correspondan, n) Celebrar, bajo su sola firma, contratos de sociedad de todo tipo, pudiendo al efecto constituirlos, modificarlos, liquidarlos y rectificarlos. ñ) Realizar operaciones de importación y exportación de toda clase de mercaderías y materias primas, inscribirse en los registros respectivos, abrir acreditivos en los bancos comerciales y del Estado, firmar los documentos anexos, y ejecutar operaciones de cambio internacionales, comprar y vender monedas extranjeras, divisas y otros efectos de comercio o públicos necesarios para estos fines, retirar y endosar documentos de embarque, pólizas, etcétera, o) Representar a la Sociedad ante toda clase de autoridades, sean civiles, judiciales o administrativas, municipales, corporaciones o fundaciones y, en general, ante cualquier persona natural o jurídica. p) Podrá asimismo conferir mandatos, delegarlos y revocarlos, q) Otorgar y solicitar créditos con o sin garantías, aceptar administraciones y representaciones, prorrogar pagos que se adeuden a la Sociedad, y condonar multas e intereses, r) En el orden judicial, representarán a la Sociedad con todas y cada una de las facultades señaladas en ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, ante toda clase de Tribunales, sean ordinarios, especiales, arbitrales, administrativos o municipales) producción de eventos, arriendo de equipamiento y estructura t) producción de eventos masivos y sociales u) diseños de escenarios, iluminación, seguridad, sonido y recursos humanos v) producción de eventos de discoteque; como asimismo, la realización de todo tipo de actividad que se relacione directa o indirectamente con el objeto social, sin que para ello sea necesario modificar los estatutos. RESPONBALIDAD: hasta el monto del capital. ADIMINISTRACION, REPRESENTACION Y USO DE LA RAZON SOCIAL: La administración y el uso de la razón social corresponderá a un Administrador y un Gerente General, los que serán nombrado por los accionistas en Junta Ordinaria de Accionistas, o bien, mediante designación en escritura pública suscrita por la totalidad de los accionistas, quienes podrán representar conjunta, separada o alternadamente a la sociedad, anteponiendo la razón social a sus firmas, con las más amplias facultades de administración y disposiciones de bienes USO RAZON SOCIAL: Corresponde al Administrador . PLAZO: Indefinido. Demás estipulaciones escritura extractada. Viña del Mar, 03 de Junio de 2020.-