CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Growth4u

CVE 1769257
Fecha instrumento
3 de abril de 2020
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
3 de abril de 2020
Repertorio
531-2020
Notario
FRANCISCO JOSE HOLLMANN OVALLE
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad comprenderá tanto la consultoría y asesoría sobre innovación digital orientadas a las aplicaciones a medida, a la creación de páginas web y de marketing digital, como a su vez la consultoría y asesoría sobre actividades de programación digital, además de la consultoría y asesoría informática sobre gestión de instalaciones digitales y la consultoría y asesoría sobre actividades de tecnología de la información y otros servicios informáticos relacionados con esta área digital. Capital y acciones: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos chilenos, aportando íntegramente tanto don SAMUEL DAVID GARCÍA PIRELA, la suma de cincuenta mil pesos equivalentes a quinientas acciones y don CRISTOPHER PONCE EJIVAJA, la suma de de quinientos mil pesos equivalentes a cincuenta acciones. Esta suma total de dinero estará custodiada en una cuenta bancaria elegida por ambos en su calidad de socios y administradores de la Sociedad. Esta capital, estará a su vez dividido en cien acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión, que deberá quedar totalmente suscrito y pagado dentro del

Administración

Será ejercida por tanto por don SAMUEL DAVID GARCÍA PIRELA como don CRISTOPHER PONCE EJIVAJA, ya previamente individualizados quienes podrán ejercer sus atribuciones de tales tanto de forma conjunta como separadamente. Representación legal: Los representante legales de esta sociedad serán los misma constituyentes, don SAMUEL DAVID GARCÍA PIRELA y don CRISTOPHER PONCE EJIVAJA, ya previamente individualizados, quienes podrán actuar con cada una de las facultades generales para poder celebrar todo acto o contrato relacionado con la sociedad, sean judicial como extrajudicialmente, en nombre de dicha personalidad jurídica, tanto de forma conjunta como separadamente

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JOSE HOLLMANN OVALLE, Notario Público Titular de San Miguel, Gran Avenida José Miguel Carrera 5.382, certifico: Por escritura pública repertorio N°531-2020 de fecha 03 de Abril de 2020, ante don OCTAVIO DOMINGO DIÉGUEZ HENRÍQUEZ, Notario Público Suplente de San Miguel: tanto Don SAMUEL DAVID GARCÍA PIRELA, cédula de identidad número veinticinco millones setecientos ochenta y cuatro mil treinta y seis guión cero, venezolano, soltero, domiciliado en calle San Ignacio número dos mil novecientos tres, departamento seiscientos cuatro, comuna de San Miguel como don CRISTOPHER PONCE EJIVAJA, cédula de identidad número quince millones setecientos noventa y un mil novecientos veintitrés guión siete, chileno, domiciliado en avenida Pedro de Valdivia número dos mil setecientos doce departamento trescientos tres, comuna de Ñuñoa, constituyeron la sociedad por acciones GROWTH4U SpA, el domicilio de la sociedad estará dentro de la ciudad de Santiago, en calle San Ignacio número dos mil novecientos tres, departamento seiscientos cuatro, comuna de San Miguel, cuyo nombre de fantasía será “GROWTH4U”.Objeto: El objeto de la sociedad comprenderá tanto la consultoría y asesoría sobre innovación digital orientadas a las aplicaciones a medida, a la creación de páginas web y de marketing digital, como a su vez la consultoría y asesoría sobre actividades de programación digital, además de la consultoría y asesoría informática sobre gestión de instalaciones digitales y la consultoría y asesoría sobre actividades de tecnología de la información y otros servicios informáticos relacionados con esta área digital. Capital y acciones: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos chilenos, aportando íntegramente tanto don SAMUEL DAVID GARCÍA PIRELA, la suma de cincuenta mil pesos equivalentes a quinientas acciones y don CRISTOPHER PONCE EJIVAJA, la suma de de quinientos mil pesos equivalentes a cincuenta acciones. Esta suma total de dinero estará custodiada en una cuenta bancaria elegida por ambos en su calidad de socios y administradores de la Sociedad. Esta capital, estará a su vez dividido en cien acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión, que deberá quedar totalmente suscrito y pagado dentro del plazo. siendo que tanto don SAMUEL DAVID GARCÍA PIRELA como don CRISTOPHER PONCE EJIVAJA. tendrán cada una la titularidad como accionista del cincuenta por ciento de ellas. Duración: la sociedad durará indefinidamente, contado desde la fecha de la constitución de la Sociedad, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle término al final a dicha personalidad jurídica, mediante escritura pública cuyo contenido se anotará al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al término del respectivo período. Administración: Será ejercida por tanto por don SAMUEL DAVID GARCÍA PIRELA como don CRISTOPHER PONCE EJIVAJA, ya previamente individualizados quienes podrán ejercer sus atribuciones de tales tanto de forma conjunta como separadamente. Representación legal: Los representante legales de esta sociedad serán los misma constituyentes, don SAMUEL DAVID GARCÍA PIRELA y don CRISTOPHER PONCE EJIVAJA, ya previamente individualizados, quienes podrán actuar con cada una de las facultades generales para poder celebrar todo acto o contrato relacionado con la sociedad, sean judicial como extrajudicialmente, en nombre de dicha personalidad jurídica, tanto de forma conjunta como separadamente. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Miguel, 13 de Mayo de 2020.-