Compañía Pesquera Camanchaca S.A.
Instrumento
- Fecha
- 14 de mayo de 2020
- Notario
- Alejandro Américo Álvarez Barrera
- Oficio
- Notaría Cuadragésima Primera de Santiago
- Comuna
- Cuadragésima
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley N° 18.046
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalAlejandro Américo Álvarez Barrera, Notario Público Suplente de la Notaría Cuadragésima Primera de Santiago, domiciliado Huérfanos 1160, subsuelo, comuna de Santiago, certifico: Que en junta general extraordinaria de accionistas de Compañía Pesquera Camanchaca S.A., celebrada con fecha 30 de abril de 2020, cuya acta fue reducida a escritura pública ante mí, con fecha 14 de mayo de 2020, se modificaron los estatutos de la compañía recién indicada, escritura de la cual paso a extractar las materias señaladas en el inciso final del artículo 5° de la Ley N° 18.046: i) Se acordó cambiar el nombre de la sociedad de Compañía Pesquera Camanchaca S.A. a Camanchaca S.A., sustituyendo al efecto el Artículo Primero de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Primero: Se constituye una sociedad anónima con el nombre de Camanchaca S.A. Su domicilio será la comuna de Las Condes, Región Metropolitana, República de Chile, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. La sociedad se regirá por estos estatutos y, en lo que en ellos no esté previsto, por la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis, por el Reglamento de Sociedades Anónimas, y demás disposiciones aplicables a este tipo de sociedades.”; y ii) Se acordó la ampliación de los objetos específicos de la compañía, sustituyendo al efecto el Artículo Tercero de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Tercero: El objeto de la sociedad será: a) la actividad pesquera en general, incluyendo la de investigación y, particularmente, capturar, cazar, recolectar y segar recursos hidrobiológicos; b) la actividad de acuicultura, respecto de todo tipo de especies, incluyendo todos los cultivos marinos tanto de seres vivos como de algas; c) la conservación, congelación y aplicación de técnicas de preservación de especies hidrobiológicas; d) la elaboración de productos provenientes de cualquier especie hidrobiológica, mediante el procesamiento total o parcial de capturas propias o ajenas obtenidas en la fase extractiva o de recolección; e) la construcción, mantención, reparación, operación y arrendamiento de embarcaciones adecuadas para la pesca extractiva, de transformación o de apoyo a ellas; f) la industrialización, elaboración, comercialización, distribución y exportación de los productos derivados de su actividad; g) la prestación de servicios de gerencia corporativa, administración, tesorería, contabilidad, tecnologías de la información y otras actividades afines a sus filiales y coligadas; y h) la prestación de toda clase de servicios de logística y bodegaje en general, incluyendo aquéllas actividades relacionadas o de apoyo a las anteriores, tales como el depósito y porteo de mercaderías, arrendamiento de maquinarias y la distribución y venta de combustibles.”. Demás acuerdos constan en escritura que extracto.