SOCIEDAD COMERCIAL, INVERSIONES Y SERVICIOS MPG Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de mayo de 2020
- Repertorio
- 502-2020
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRICARDO OLIVARES PIZARRO, Abogado, Notario y Conservador de Comercio y Minas y Archivero Judicial Titular de Vallenar, con oficio en calle Arturo Prat número 960, local 14, interior Galería Prat, Certifica: Por escritura pública de fecha 26 de Mayo de 2020, Repertorio Nº 502-2020 ante mí, Don MARCO ANTONIO PAVEZ GONZÁLEZ, chileno, divorciado, Contador Auditor, cédula nacional de identidad número nueve millones ciento ochenta mil setecientos veintidós guion K domiciliado en calle Brasil número cuatrocientos once, comuna y ciudad de Vallenar, por sí; SOCIEDAD CONSULTORES MPG Y COMPAÑÍA LIMITADA, Rol Único Tributario número setenta y siete millones quinientos noventa y seis mil cientos treinta guión nueve, representada por su socio administrador don Marco Antonio Pavez González, chileno, divorciado, Contador Auditor, cedula nacional de identidad nueve millones ciento ochenta mil setecientos veintidós guion K, ambos domiciliados en calle Brasil número cuatrocientos once, comuna y ciudad de Vallenar, ambos en calidad de “cedentes”; y por la otra Don MARCO ANTONIO PAVEZ DE LA VEGA chileno, soltero, Abogado, cédula nacional de identidad número diecisiete millones seiscientos cuarenta y cinco mil doscientos treinta y nueve guión cero, domiciliado en calle Talca número mil nueve, comuna y ciudad de Vallenar; SOCIEDAD PRESTADORA DE SERVICIOS PAVEZ & PAVEZ ASOCIADOS LIMITADA, Rol único Tributario número setenta y seis millones cuatrocientos ochenta y siete mil novecientos veintidós guión ocho, representada por don Marco Antonio Pavez González, chileno divorciado, Contador Auditor, ambos domiciliados en calle Brasil número cuatrocientos once de la comuna y ciudad de Vallenar, cédula de identidad número nueve millones ciento ochenta mil setecientos veintidós guión K, ambos en calidad de “cesionarios”, Celebraron contrato de cesión de derechos sociales y modificación de la “SOCIEDAD COMERCIAL, INVERSIONES Y SERVICIOS MPG Y COMPAÑÍA LIMITADA”, Rol Único Tributario número setenta y seis millones noventa y nueve mil trescientos sesenta guion tres, la que fue constituida por escritura pública de fecha veintidós de abril de dos mil cuatro, otorgada ante el Notario Público de Vallenar don Ricardo Olivares Pizarro. 1) El “cedente”, don MARCO ANTONIO PAVEZ GONZALEZ, dueño del setenta y cinco por ciento de los derechos sociales, vende, cede y transfiere a la “cesionaria” SOCIEDAD PRESTADORA DE SERVICIOS PAVEZ & PAVEZ ASOCIADOS LIMITADA, Rol único Tributario número setenta y seis millones cuatrocientos ochenta y siete mil novecientos veintidós guión ocho, el treinta y cinco por ciento de su interés en la sociedad, por la suma de setecientos mil pesos, que recibe en este acto de contado y en dinero efectivo a su entera satisfacción, sirviendo el presente instrumento de suficiente recibo de pago; 2) El “cedente”, SOCIEDAD CONSULTORES MPG Y COMPAÑÍA LIMITADA, dueña del veinticinco por ciento de los derechos sociales en adelante vende, cede y transfiere a la “cesionaria” SOCIEDAD PRESTADORA DE SERVICIOS PAVEZ & PAVEZ ASOCIADOS LIMITADA, Rol único Tributario número setenta y seis millones cuatrocientos ochenta y siete mil novecientos veintidós guión ocho, el veinte por ciento de su interés en la sociedad, por la suma de cuatrocientos mil pesos, que recibe en este acto de contado y en dinero efectivo a su entera satisfacción, sirviendo el presente instrumento de suficiente recibo de pago y, al “cesionario” MARCO ANTONIO PAVEZ DE LA VEGA, cédula de identidad número diecisiete millones seiscientos cuarenta y cinco mil doscientos treinta y nueve guión cero, el cinco por ciento, de su interés en la sociedad por la suma de cien mil pesos, que recibe en este acto de contado y en dinero efectivo a su entera satisfacción, sirviendo el presente instrumento de suficiente recibo de pago; 3) Se reemplaza el Título Tercero, Artículo Séptimo del Pacto Social, en el sentido que la Administración y uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente a don MARCO ANTONIO PAVEZ GONZALEZ, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y sin que la enumeración sea taxativa y, en caso de ausencia o impedimento del socio administrador lo que no será necesario acreditar ante terceros podrá actuar el socio MARCO ANTONIO PAVEZ DE LA VEGA con iguales facultades y limitaciones que se establecen en el Titulo Tercero, Artículo Séptimo del pacto social; 4) Se reemplaza el Artículo Noveno en las condiciones siguientes: Las utilidades y las eventuales pérdidas se distribuirán, así entre los socios: don MARCO ANTONIO PAVEZ GONZÁLEZ en un cuarenta por ciento, MARCO ANTONIO PAVEZ DE LA VEGA en un cinco por ciento y, SOCIEDAD PRESTADORA DE SERVICIOS PAVEZ & PAVEZ ASOCIADOS LIMITADA en un cincuenta y cinco por ciento. En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Vallenar, 29 de Mayo de 2020.-