INMOBILIARIA SAN JULIAN SpA
Instrumento
- Fecha
- 13 de mayo de 2020
- Repertorio
- 642-2020
- Notario
- RENÉ MARCELO ARRIAGADA BASAUR
- Oficio
- Segunda Notaria de Coronel
- Comuna
- Coronel
Sociedad
- Capital
- $1.500.000 CLP
- Domicilio
- Coronel
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) realización por cuenta propia o ajena de negocios inmobiliarios, adquisición, compraventa, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje, administración, explotación, loteo, subdivisión, fusión y comercialización de toda clase de bienes raíces propios o ajenos, sea por naturaleza o por adherencia o destinación y la celebración de toda clase de actos y contratos respecto de bienes raíces; b) la inversión, comercialización y operación comercial de toda clase de bienes muebles y raíces y valores mobiliarios, c) el desarrollo de actos , contratos y negocios destinados a obtener la rentabilidad de capitales, títulos o documentos representativos de dinero o capital, tales como compraventa y comercialización acciones, bonos, títulos de créditos, operaciones de bolsa y en el mercado de capitales y la inversión de capitales, sea en sociedades de personas o de capital y la participación social, adquisición de derechos sociales en toda clase de sociedades; d) la creación y administración de toda clase de sociedades comerciales, sea de personas o de capital cualquiera sea su rubro o giro e) Efectuar inversiones de carácter permanente o de largo plazo en toda clase de bienes raíces y muebles para la obtención de una rentabilidad estable de todos esos bienes y la explotación y arrendamiento para obtener rentas de todos aquellos bienes. Para ello, la sociedad podrá comprar o adquirir a cualquier título, toda clase de bienes raíces o muebles, derechos e intereses en tales bienes, edificarlos, transformarlos o introducir en ellos las mejoras correspondientes, darlos en arrendamiento, subarrendamiento, hipotecarlos o gravarlos en cualquier forma; f) Y en general, cualquier actividad industrial o comercial que determinen los accionistas; pudiendo actuar la sociedad, para el cumplimiento de su objeto, directamente o asociada con terceros
Administración
La sociedad será administrada por la Junta de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRENÉ MARCELO ARRIAGADA BASAUR, abogado, notario público titular de la Segunda Notaria de Coronel, con oficio en calle Cochrane n°130, 2° piso, Coronel, certifico que, por escritura pública otorgada ante mí el 13 de mayo de 2020, repertorio n° 642-2020, PAULA CATALINA ALARCÓN MOYA, casada con separación de bienes, trabajadora dependiente, domiciliada en Talcahuano, pasaje 4 N° 1635, cédula de identidad N° 18.505.567-1, constituyó sociedad por acciones: Nombre: "INMOBILIARIA SAN JULIAN SpA".- Domicilio: Coronel; Duración: Indefinida.- Objeto: El objeto de la sociedad será: a) realización por cuenta propia o ajena de negocios inmobiliarios, adquisición, compraventa, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje, administración, explotación, loteo, subdivisión, fusión y comercialización de toda clase de bienes raíces propios o ajenos, sea por naturaleza o por adherencia o destinación y la celebración de toda clase de actos y contratos respecto de bienes raíces; b) la inversión, comercialización y operación comercial de toda clase de bienes muebles y raíces y valores mobiliarios, c) el desarrollo de actos , contratos y negocios destinados a obtener la rentabilidad de capitales, títulos o documentos representativos de dinero o capital, tales como compraventa y comercialización acciones, bonos, títulos de créditos, operaciones de bolsa y en el mercado de capitales y la inversión de capitales, sea en sociedades de personas o de capital y la participación social, adquisición de derechos sociales en toda clase de sociedades; d) la creación y administración de toda clase de sociedades comerciales, sea de personas o de capital cualquiera sea su rubro o giro e) Efectuar inversiones de carácter permanente o de largo plazo en toda clase de bienes raíces y muebles para la obtención de una rentabilidad estable de todos esos bienes y la explotación y arrendamiento para obtener rentas de todos aquellos bienes. Para ello, la sociedad podrá comprar o adquirir a cualquier título, toda clase de bienes raíces o muebles, derechos e intereses en tales bienes, edificarlos, transformarlos o introducir en ellos las mejoras correspondientes, darlos en arrendamiento, subarrendamiento, hipotecarlos o gravarlos en cualquier forma; f) Y en general, cualquier actividad industrial o comercial que determinen los accionistas; pudiendo actuar la sociedad, para el cumplimiento de su objeto, directamente o asociada con terceros.- Capital: $1.500.000.- Dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie y valor, y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado.- Administración: La sociedad será administrada por la Junta de Accionistas. No obstante, la Junta podrá designar un administrador, por la mayoría absoluta de sus miembros, designación que deberá anotarse al margen de la inscripción social. El administrador designado, actuando individualmente y anteponiendo a su firma el nombre y razón social de la sociedad, tendrá el uso de la razón social y representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estando investido de todas las facultades de administración y disposición de bienes.- Administración: Se nombra como administrador de la sociedad a doña PAULA CATALINA ALARCÓN MOYA, quien anteponiendo su firma a la razón social, tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en el ARTÍCULO DÉCIMO de los estatutos.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Coronel, 02 de junio de 2020.-