MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

COYAM CAPITAL S.A.

RUT 77099084-K CVE 1769099
Fecha instrumento
30 de abril de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de abril de 2020
Repertorio
7554/2020
Comuna
Santiago

Sociedad

Ley aplicable
Ley 19.499

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Compañía de Inversiones El Golf SpA socio 77047939-8
Panga SpA socio 76872329-K

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Titular de la 8va Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 941 – Local 302, Santiago, certifica: Que, con fecha 27 de mayo de 2020, ante mí, bajo Repertorio Nº 7554 / 2020, se redujo a escritura pública Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Coyam Capital S.A. (en adelante, la “Sociedad”), celebrada el día 30 de abril de 2020, a la que concurrieron los señores accionistas: a) Compañía de Inversiones El Golf SpA, RUT Nº 77.047.939-8, domiciliada en Callao 3037, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; y b) Panga SpA, RUT Nº 76.872.329-k, domiciliada en Avenida Las Condes 9777, departamento 121, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana. En esta Junta, los accionistas acordaron lo siguiente: Uno) se acordó sanear la escritura de constitución de la Sociedad, de fecha 23 de octubre de 2019, repertorio Nº 8502-2019, otorgada en la notaría de don Luis Ignacio Manquehual Mery, domiciliado en calle Huérfanos 941 – Local 302, comuna de Santiago, Región Metropolitana, de acuerdo a la Ley 19.499, por contener inexactitudes que inducen a error, al tenor de las siguientes modificaciones: En primer lugar, sustituir el encabezado de la escritura de constitución, el cual señala que se trata de una “CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD POR ACCIONES”, por el siguiente, “CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD ANÓNIMA”. En segundo lugar, se acuerda corregir el enunciado del título “PRIMERO: CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD”, de la escritura de constitución, de la Sociedad por el que sigue, “PRIMERO: CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD. Que vienen en constituir una sociedad anónima cerrada, que se regirá por las disposiciones de la ley 18.046, las disposiciones del Capítulo V de la ley 20.712, su reglamento interno y por los siguientes estatutos:”. Dos) Los accionistas manifestaron, unánimemente estar de acuerdo con cambiar el objeto social para enfocarse en la administración de fondos de inversiones privados, entre otras, pero sin caer en el objeto de las administradoras generales de fondos, por lo cual se modifica el objeto social de la siguiente forma: “Artículo Segundo: El objeto de la Sociedad será: a) La administración de fondos de inversión privados, no regulados ni fiscalizados por la Comisión para el Mercado Financiero, por cuenta y riesgo de los aportantes, de conformidad con las normas de la ley número veinte mil setecientos doce y demás disposiciones legales y reglamentarias que les sean aplicables; b) La prestación de servicios administrativos, comerciales, financieros, de consultoría o auditoría; c) Efectuar, administrar y disponer de toda clase de inversiones mobiliarias; formar, constituir o integrar sociedades, empresas, asociaciones o corporaciones, de cualquier naturaleza, para el adecuado desarrollo de los fines sociales; d) La realización de asesorías de índoles profesional, económico, financiero y de gestión, de evaluación de proyectos y asesorías de reestructuración de activos y pasivos; y d) La compraventa, arrendamiento, permuta e inversión en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, derechos en sociedades de personas y, en general, en toda clase de valores mobiliarios y títulos de crédito o de inversión, tanto en Chile como en el extranjero. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá ejecutar en general todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para la consecución de su fin, al desarrollo de su negocio o comercio, o a la inversión de sus fondos disponibles.” Tres) Demás modificaciones no son materia de extracto y se encuentran en la escritura pública extractada. Santiago, 1 de junio de 2020.