Comercializadora Decoglass SpA
Instrumento
- Fecha
- 20 de mayo de 2020
- Repertorio
- 35464-2020
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Administración
La representación de la SOCIEDAD y su administración así como el uso de la razón social, corresponderá exclusivamente a la persona natural o jurídica que se designe en cualquiera junta de accionistas que celebre la sociedad, sea esta ordinaria o extraordinaria, quien lo hará en calidad de Administrador y)o de Gerente General, según se determine en el mismo acto de designación, y quién, anteponiendo a su firma la razón social, sigla o nombre de la SOCIEDAD, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición de los bienes sociales.” Otros acuerdos en escritura extractada que no son materia de extracto. Santiago, 29 de mayo de 2020
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, Miraflores N° 178, piso 5, Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 20 de mayo de 2020, repertorio N° 35.464-2020 de este oficio, se redujo a escritura pública ante mí, la PRIMERA JUNTA DE ACCIONISTAS COMERCIALIZADORA DECOGLASS SpA celebrada el día 8 de enero de 2020, en la que se acordó reformar los estatutos sociales en lo siguiente: se sustituye, modifica y reemplaza el artículo décimo del pacto social por el siguiente: ARTÍCULO DÉCIMO: Representación y Administración: La representación de la SOCIEDAD y su administración así como el uso de la razón social, corresponderá exclusivamente a la persona natural o jurídica que se designe en cualquiera junta de accionistas que celebre la sociedad, sea esta ordinaria o extraordinaria, quien lo hará en calidad de Administrador y/o de Gerente General, según se determine en el mismo acto de designación, y quién, anteponiendo a su firma la razón social, sigla o nombre de la SOCIEDAD, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición de los bienes sociales.” Otros acuerdos en escritura extractada que no son materia de extracto. Santiago, 29 de mayo de 2020.