SCM SERVICIOS INTEGRALES DE CONSTRUCCIÓN Y MONTAJE SpA
Instrumento
- Fecha
- 13 de mayo de 2020
- Notario
- ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA
- Oficio
- Cuadragésima Primera Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Duración
- Indefinida
Objeto social
la construcción, edificación, montaje, explotación y compraventa de todo tipo de obras de Ingeniería Civil, sean éstas habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas, mineras u obras públicas; transportes de materiales de construcción, áridos y otros; realización para sí o para terceros, de estudios y proyectos de ingeniería, arquitectura, factibilidad, jurídicos, económicos o financieros; prestación de asesorías y consultoría en tales materias; fabricación, extracción, transformación, obtención y comercio interno e internacional de materiales, útiles, implementos y maquinaria de construcción, edificación y montaje, pudiendo actuar, en la consecución de sus fines, por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país; adquisición, mantención, y)o arriendo de maquinaria y equipos apropiados y necesarios para tales obras; ejecutar todos los actos y concertar todas las convenciones que sean conducentes a dichos objetivos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. El capital de la sociedad será nueve millones de pesos, dividido en nueve mil acciones nominativas, sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado en el acto de la siguiente manera: a) don FELIPE RICARDO BAHAMONDEZ PÉREZ ARCE suscribe y paga tres mil acciones que corresponde a la suma de tres millones de pesos, equivalentes al treinta y tres coma tres por ciento del capital social; b) doña PAMELA CAROLINA MUÑOZ FAUNDEZ suscribe y paga tres mil acciones que corresponde a la suma de tres millones de pesos, equivalentes al treinta y tres coma tres por ciento del capital social; y c) doña JESSICA DOLORES RAMOS VALDES suscribe y paga tres mil acciones que corresponde a la suma de tres millones de pesos, equivalentes al treinta y tres coma tres por ciento del capital social; La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a doña PAMELA CAROLINA MUÑOZ FAUNDEZ, amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, Notario Público de la Cuadragésima Primera Notaria de Santiago, con oficio en huérfanos mil ciento sesenta, subsuelo, Suplente del Titular, FELIX JARA CADOT, certifica que: por escritura pública de hoy, Repertorio N° ante mí, don FELIPE RICARDO BAHAMONDEZ PÉREZ ARCE, ingeniero civil industrial, chileno, soltero, cedula nacional de identidad número quince millones noventa y ocho mil setecientos veintiséis guión uno, domiciliado en Los Militares número cinco mil ciento cincuenta y uno, departamento ciento cuarenta y seis, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; doña PAMELA CAROLINA MUÑOZ FAUNDEZ, abogada, chilena, casada y separada totalmente de bienes, cedula nacional de identidad número quince millones trescientos treinta y seis mil sesenta y seis guión nueve, domiciliada en calle Profesora Amanda Labarca número noventa y seis, oficina setenta y dos, comuna de Santiago, Región Metropolitana y doña JESSICA DOLORES RAMOS VALDES, Ingeniero Geomensor, chilena, casada y separada totalmente de bienes, cedula nacional de identidad número trece millones trescientos cincuenta y tres mil trescientos cincuenta y nueve guión uno, domiciliada en Pasaje Uno número dos mil ciento cincuenta y ocho, comuna de Molina, Región del Maule y de paso en esta, constituyeron sociedad por acciones. RAZÓN SOCIAL: “SCM SERVICIOS INTEGRALES DE CONSTRUCCIÓN Y MONTAJE SpA” pudiendo para fines comerciales y publicitarios utilizar el nombre de fantasía “SCM SERVICIOS INTEGRALES SpA”, OBJETO: la construcción, edificación, montaje, explotación y compraventa de todo tipo de obras de Ingeniería Civil, sean éstas habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas, mineras u obras públicas; transportes de materiales de construcción, áridos y otros; realización para sí o para terceros, de estudios y proyectos de ingeniería, arquitectura, factibilidad, jurídicos, económicos o financieros; prestación de asesorías y consultoría en tales materias; fabricación, extracción, transformación, obtención y comercio interno e internacional de materiales, útiles, implementos y maquinaria de construcción, edificación y montaje, pudiendo actuar, en la consecución de sus fines, por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país; adquisición, mantención, y/o arriendo de maquinaria y equipos apropiados y necesarios para tales obras; ejecutar todos los actos y concertar todas las convenciones que sean conducentes a dichos objetivos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. El capital de la sociedad será nueve millones de pesos, dividido en nueve mil acciones nominativas, sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado en el acto de la siguiente manera: a) don FELIPE RICARDO BAHAMONDEZ PÉREZ ARCE suscribe y paga tres mil acciones que corresponde a la suma de tres millones de pesos, equivalentes al treinta y tres coma tres por ciento del capital social; b) doña PAMELA CAROLINA MUÑOZ FAUNDEZ suscribe y paga tres mil acciones que corresponde a la suma de tres millones de pesos, equivalentes al treinta y tres coma tres por ciento del capital social; y c) doña JESSICA DOLORES RAMOS VALDES suscribe y paga tres mil acciones que corresponde a la suma de tres millones de pesos, equivalentes al treinta y tres coma tres por ciento del capital social; La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a doña PAMELA CAROLINA MUÑOZ FAUNDEZ, amplias facultades. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Duración: indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 Mayo 2020.