MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Parronal SpA

RUT 76499496-5 CVE 1767850
Fecha instrumento
20 de mayo de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
20 de mayo de 2020
Repertorio
916-2020
Notario
ENRIQUE ALFREDO RODRIGUEZ SEPULVEDA
Domicilio
Titular de Santiago don OSVALDO PEREIRA GONZÁLEZ
Comuna
Santiago

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Parronal SpA socio 76449496-5
Enel Green Power Chile S.A socio 76412562-2

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ENRIQUE ALFREDO RODRIGUEZ SEPULVEDA, Notario Público Suplente del Titular de Santiago don OSVALDO PEREIRA GONZÁLEZ, de la 14° Notaría de Santiago, con domicilio en Teatinos 449, piso 6, Santiago Centro, certifica: que por escritura pública de fecha 20 de mayo de 2020, repertorio N° 916-2020 otorgada ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Parronal SpA, RUT 76.449.496-5 (la “Sociedad”), inscrita a fojas 67.841, N° 39.553, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2015, celebrada con fecha 20 de mayo de 2020, el único y actual accionista de la Sociedad, Enel Green Power Chile S.A., RUT 76.412.562-2, con domicilio en Avenida Santa Rosa 76, comuna y ciudad de Santiago, modificó los estatutos sociales, reemplazando el artículo Trigésimo Tercero relativo a la disolución de la Sociedad, por el siguiente: “ARTÍCULO TRIGÉSIMO TERCERO. Disolución. Uno. La Sociedad se disolverá por acuerdo adoptado por la junta extraordinaria y por las demás causales que señale la ley. Dos. La sociedad se disolverá por reunirse todas las acciones en manos de una sola persona por un periodo ininterrumpido que exceda de diez días. Si la sociedad se disolviere por reunirse las acciones en manos de una sola persona, no será necesaria la liquidación, produciéndose la incorporación de la totalidad de su patrimonio en dicha persona.” Demás estipulaciones consta en escritura que extracto. Portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Santiago, 20 de mayo de 2020.