Instrumento
- Fecha
- 22 de mayo de 2020
- Repertorio
- 19196-2020
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad es la parte de la provincia de Santiago sobre la que tenga jurisdicción el Conservador de Bienes Raíces de Santiago
Objeto social
i) La inversión, por cuenta propia o de terceros, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, acciones de sociedades anónimas, sociedades por acciones o sociedades en comandita por acciones, derechos en sociedades de personas, cuotas de fondos de inversión y, en general, en toda clase de valores mobiliarios y títulos de crédito o de inversión, así como la administración y la explotación de estas inversiones y sus frutos o productos y ii) cualquier otra actividad que acuerden legalmente los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, Agustinas N° 1070, 2° piso, Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha de fecha 22 de mayo del año 2020 otorgada bajo repertorio N° 19.196-2020, ante mí, FERNANDO ALAMOS AGUIRRE, domiciliado en Nilo Azul N° 1835, departamento 701, Vitacura, Santiago, C.I. 17.082.582-9, constituyó una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extractan a continuación: Nombre: “Inversiones Tente SpA”. Domicilio: El domicilio de la sociedad es la parte de la provincia de Santiago sobre la que tenga jurisdicción el Conservador de Bienes Raíces de Santiago, sin perjuicio que podrá establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares del país o en el extranjero. Objeto: i) La inversión, por cuenta propia o de terceros, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, acciones de sociedades anónimas, sociedades por acciones o sociedades en comandita por acciones, derechos en sociedades de personas, cuotas de fondos de inversión y, en general, en toda clase de valores mobiliarios y títulos de crédito o de inversión, así como la administración y la explotación de estas inversiones y sus frutos o productos y ii) cualquier otra actividad que acuerden legalmente los accionistas. Capital: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos dividido en cien acciones, todas ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma indicada en el artículo primero transitorio. Las acciones podrán ser pagadas en dinero o en otros bienes. Artículo Primero Transitorio: El capital de la sociedad es de un millón de pesos, dividido en cien acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal las que el accionista Fernando Álamos Aguirre suscribe y paga en este acto al contado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 27 de mayo 2020.-