MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA ARPOLI LIMITADA

RUT 77104938-9 CVE 1767554
Capital
$10.774.513 CLP
Fecha instrumento
12 de mayo de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de mayo de 2020
Notario
ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA
Oficio
41ª Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.774.513 CLP

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, Notario Público 41ª Notaria de Santiago, Suplente del Titular Félix Jara Cadot, Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí: ARMANDO HERNÁN POBLETE VILLANUEVA, DIEGO ARMANDO POBLETE LEIVA y NICOLÁS ANDRÉS POBLETE LEIVA, todos domiciliados para estos efectos en calle Santa Josefina N° 12.201, comuna de San Bernardo, paso és ta, acordaron transformar la sociedad INMOBILIARIA ARPOLI LIMITADA, inscrita a fojas 49.744, número 24.694 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2019, en Sociedad por Acciones. NOMBRE: “INMOBILIARIA ARPOLI SpA”, pudiendo utilizar nombre de fantasía “INMOB. ARPOLI SpA”. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: a) la inversión en cualquier forma y a cualquier título en toda clase de bienes corporales e incorporales inmuebles, así como la inversión en toda clase de bienes muebles que adhieran o estén destinados al beneficio de los inmuebles de la compañía, y en particular la compraventa, permuta, arrendamiento y, en general, la explotación a cualquier título de inmuebles con o sin muebles y de derechos constituidos en ellos; y b) efectuar toda clase de inversiones mobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, pudiendo al efecto comprar, vender, conservar o administrar tales inversiones; tomar interés o participar como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza; crear, financiar, promover y administrar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Asimismo, podrá ejecutar todo tipo de actos, contratos o convenciones que resulten necesarios o convenientes para el desarrollo de su objeto, u otros que acuerden los accionistas. CAPITAL: $10.774.513, dividido en 1.000 acciones, nominativas, de única serie, sin valor nominal, que los accionistas suscriben y pagan en este acto, de la siguiente forma: a) ARMANDO HERNÁN POBLETE VILLANUEVA, suscribe íntegramente en este acto 990 acciones, que se entienden pagadas, imputándolas a los derechos que le correspondían en la sociedad transformada; b) DIEGO ARMANDO POBLETE LEIVA, suscribe íntegramente en este acto 5 acciones, que se encienden pagadas imputándolas a los derechos que le correspondían en la sociedad transformada; y c) NICOLÁS ANDRÉS POBLETE LEIVA, suscribe íntegramente en este acto 5 acciones, que se encienden pagadas imputándolas a los derechos que le correspondían en la sociedad transformada. Demas estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 12 de mayo de 2020. Alejandro Américo Alvarez Barrera. N.P.S.