SOCIEDAD DE PRESTACIONES MÉDICAS SAAVEDRA Y ORCASITA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de abril de 2020
- Repertorio
- 2898
- Notario
- JESÚS OSSES REVECO
- Oficio
- Segunda Notaría de La Serena
- Comuna
- La Serena
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJESÚS OSSES REVECO, Abogado, Notario Público de la Segunda Notaría de La Serena, Cordovez 588, oficina 108, edificio Don Oscar, certifica: Por escritura pública de fecha 30 de abril 2020, Repertorio 2898 ante mí: Claudia Esperanza Saavedra Donado, Oriana Carolina Orcasita Amaya, ambas Artes Nobles 1692, La Serena, y Johana Katerine Andrade Tobias, Hortensia Bustamante, Parcela 47, Lote 4, La Serena, modificaron sociedad responsabilidad limitada monto sus aportes. Nombre o razón social: SOCIEDAD DE PRESTACIONES MÉDICAS SAAVEDRA Y ORCASITA LIMITADA, o nombre de fantasía REDMEDICAL LTDA. constituida escritura pública del 29/12/2017 Notaría La Serena Oscar Fernández Mora, extracto inscrito fs. 31 Nº 14 Registro Comercio La Serena año 2018, publicada D.O. 41.949 del 05/01/2018; modificada escritura pública del 22/01/2020 Notaría La Serena Oscar Fernández Mora, extracto inscrito fs. 124 Nº 44 Registro Comercio La Serena año 2020, publicada D.O. 42.567 del 31/01/2020. Modificación consiste: Claudia Esperanza Saavedra Donado, vende, cede y transfiere a doña Oriana Carolina Orcasita Amaya, quien compra, acepta y adquiere para si, el equivalente al 32% de los derechos sociales, en $3.200.000; cantidad que se paga en este acto en efectivo y de contado, suma que la cedente recibe a su entera satisfacción. De igual forma, Claudia Esperanza Saavedra Donado, vende, cede y transfiere a doña Johana Katerine Andrade Tobias, quien compra, acepta y adquiere para si, el equivalente al 10% de los derechos sociales; en $1.000.000; cantidad que se paga en este acto en efectivo y de contado, suma que la cedente recibe a su entera satisfacción; A) MODIFICAN CLÁUSULA SÉPTIMA de escritura pública constitutiva, referida al capital social, quedando de la siguiente forma: El capital social es la suma de $10.000.000, que en su oportunidad los constituyentes aportaron y enteraron en arcas sociales dentro del plazo acordado; de forma tal que la actual distribución de los derechos sociales es la siguiente: a) doña Claudia Esperanza Saavedra Donado, tiene el 10% de derechos en la sociedad, b) doña Oriana Carolina Orcasita Amaya, tiene el 80% de derechos en la sociedad y c) doña Johana Katerine Andrade Tobias, tiene el 10% de derechos en la sociedad. B) MODIFICAN CLÁUSULA OCTAVA de la escritura pública constitutiva, referida a utilidades y pérdidas, quedando de la siguiente forma: Las utilidades y pérdidas de la sociedad se repartirán entre los socios en la siguiente proporción: a) Oriana Carolina Orcasita Amaya, 20%; b) Johana Katerine Andrade Tobias, 40%, y c) Claudia Esperanza Saavedra Donado, 40%. En todo lo no modificado permanece vigente el pacto social constitutivo. Demás estipulaciones escritura extractada La Serena, 18 de Mayo de 2020.