MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Armeria Mangiola SpA

RUT 77081750-1 CVE 1767081
Capital
$30.000 CLP
Fecha instrumento
11 de mayo de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
11 de mayo de 2020
Notario
LUIS TAVOLARI OLIVEROS
Oficio
22 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$30.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS TAVOLARI OLIVEROS, Notario Público Titular 22 Notaría de Santiago, con oficio en Avda. Don Carlos 2889, local 4, Las Condes, Santiago, certifica: Con fecha 15 de Mayo de 2020, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de la JUNTA DE ACCIONISTAS ARMERIA MANGIOLA SpA, celebrada el 11 de mayo de 2020, en virtud de la cual se acordó lo siguiente: a) Los accionistas por unanimidad, acuerdan sanear la sociedad, constituida por escritura pública de fecha 30 de enero de 2018 ante el Notario de Santiago don Juan Ricardo San Martín Urrejola, e inscrita fuera del plazo legal con fecha 11 de mayo de 2020 a fojas 28648 número 14326 en el Registro de Comercio del año 2020 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial de fecha 22 de febrero de 2018. b) Acuerdan asimismo, conferir poder al Gerente General don ENNIO STEFANO MANGIOLA PRIETO, cédula nacional de identidad N° 12.255.672-7, para que en nombre de la sociedad, proceda a suscribir las escrituras públicas o documentos privados que sean necesarios al efecto, en orden a regularizar y/o sanear las inscripciones y anotaciones que procedan en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago. c) Se le otorgan a don ENNIO STEFANO MANGIOLA PRIETO, todas las facultades o poderes que sean necesarios para que solicite las anotaciones o registros que sean procedentes en el referido Conservador de Bienes Raíces. d) Para los fines que procedan, se deja constancia que el capital social asciende a la suma de $30.000.000 (treinta millones de pesos), que se encuentra dividido en mil acciones nominativas ordinarias sin valor nominal, que fueron suscritas y pagadas oportunamente por los socios al contado y en dinero efectivo.- Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 25 de mayo de 2020.