MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA LOS NEVADOS LIMITADA

RUT 76138435-K CVE 1765762
Fecha instrumento
12 de mayo de 2020

Instrumento

Fecha
12 de mayo de 2020
Notario
ESMIRNA VIDAL MORAGA
Domicilio
con oficio en Temuco

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ESMIRNA VIDAL MORAGA, Abogado, Notario Público, con oficio en Temuco, calle A. Varas Nº979, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 12.05.2020, ante mí Suplente María Ignacia Vásquez Arango, comparecen: don ISAÍAS HEBER KRAUSE MONCADA, chileno, empresario, casado, cédula de identidad número trece millones ochocientos catorce mil novecientos cuatro guion ocho, domiciliada en la comuna de Valdivia, calle Las Tepas numero quinientos sesenta y dos departamento número trescientos uno; doña MARISOL DEL CARMEN MONCADA CAMPOS, Chilena, casada, empresaria, cédula nacional de identidad número ocho millones seiscientos doce mil quinientos setenta y nueve guion K, domiciliada en la comuna de Temuco, Las Achiras numero mil setecientos sesenta y seis; y don ROBERTO FELIPE MORALES DÍAZ, chileno, casado, empresario, cédula de identidad número catorce millones trescientos setenta y siete mil dieciséis guion ocho, quien comparece por sí y en representación de INVERSIONES ROBERTO FELIPE MORALES DÍAZ E.I.R.L., empresa de giro de su denominación, Rol único tributario número setenta y seis millones novecientos treinta y cuatro mil trescientos ochenta y uno guion cuatro, ambos domiciliados en calle sin nombre, comuna de Puerto Varas; modificaron la sociedad comercial de responsabilidad limitada “INMOBILIARIA LOS NEVADOS LIMITADA” o “LOS NEVADOS LTDA.”, RUT: 76.138.435-k, en los siguientes sentidos: A) Don ISAÍAS HEBER KRAUSE MONCADA, vende, cede y transfiere a don ROBERTO FELIPE MORALES DÍAZ, quien compra, acepta y adquiere para sí, el cien por ciento de los derechos que al vendedor le corresponden en la sociedad de responsabilidad limitada antes singularizada, B) de la misma forma doña MARISOL DEL CARMEN MONCADA CAMPOS, vende, cede y transfiere a INVERSIONES ROBERTO FELIPE MORALES DIAZ E.I.R.L., debidamente representada, quien compra, acepta y adquiere para sí, el cien por ciento de los derechos que a la vendedora le corresponden en la sociedad de responsabilidad limitada antes singularizada. Lo anterior en la proporción siguiente: A) don ROBERTO FELIPE MORALES DÍAZ, adquiere el noventa y nueve por ciento de los derechos, que a la cedente le corresponden en la sociedad ya singularizada, B) INVERSIONES ROBERTO FELIPE MORALES DIAZ E.I.R.L., adquiere el uno por ciento de los derechos que a la cedente le corresponden en la sociedad ya singularizada. El precio de la cesión será de ciento noventa y tres millones de pesos, los que son pagados en este acto, de contado y en dinero en efectivo, otorgándose al respecto los comparecientes el más amplio completo y absoluto finiquito. De esta forma la sociedad objeto del presente contrato quedará formada por dos socios: A) ROBERTO FELIPE MORALES DÍAZ como propietario del noventa y nueve por ciento de los derechos sociales y B) INVERSIONES ROBERTO FELIPE MORALES DÍAZ E.I.R.L., como propietaria del uno por ciento de los derechos sociales. Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia de sus aportes.- En virtud de la cesión indicada precedentemente, se produce el retiro de la sociedad de los socios ISAÍAS HEBER KRAUSE MONCADA y MARISOL DEL CARMEN MONCADA CAMPOS. A su vez los comparecientes vienen por el presente acto en readecuar los Estatutos sociales de la compañía a las nuevas circunstancias, conforme a las siguientes reglas: A) Se modifica la cláusula referente a la administración de la sociedad, ello pues, la administración de la sociedad corresponderá al socio don ROBERTO FELIPE MORALES DÍAZ, ya individualizado. B) Del mismo modo don ROBERTO FELIPE MORALES DÍAZ, se constituye además en el representante legal de la empresa. En todo lo demás quedará vigente y sin modificación alguna la empresa objeto de la presente escritura de modificación.- CAPITAL: 192.000.000.- Demás estipulaciones en la escritura extractada.- Doy Fe. Temuco, 19 de Mayo de 2020.