CAPITAL PROPERTY CORREDORES DE PROPIEDADES SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de mayo de 2020
- Notario
- GUSTAVO MONTERO MARTÍ
- Domicilio
- titular ROBERTO CIFUENTES ALLEL
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $9.000.000 CLP
- Domicilio
- Domicilio legal de la Sociedad será la ciudad de Santiago
Administración
Administración, representación y uso de la razón social corresponderá a CARLOS ALBERTO VERGARA SANDOVAL y SUSANA ELIZABETH DEL CARMEN POBLETE ARIZA, conjuntamente a fin que anteponiendo sus firmas a la razón social, actuarán con amplias facultades;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGUSTAVO MONTERO MARTÍ, Notario Público, suplente del titular ROBERTO CIFUENTES ALLEL, Notario Público, Titular 48 Notaría Santiago, oficio Avda. Apoquindo 3076, Of. 601, Las Condes, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 15 de mayo de 2020 CARLOS ALBERTO VERGARA SANDOVAL, C.I. 14.267.766-0, domicilio Avda. Cristobal Colon 3.291, Dpto. 121, Las Condes, Stgo., Reg. Metropolitana; IRMA LILIA ARELLANO RIQUELME, C.I. 9.421.693-1, domicilio Avda Hernando de Magallanes 468, Las Condes, Stgo., Reg. Metropolitana; y SUSANA ELIZABETH DEL CARMEN POBLETE ARIZA, C.I. 8.458.297 – 2, domicilio Avda. Presidente Kennedy 8.417, Dpto. 302, Las Condes, Stgo., Reg. Metropolitana, constituyeron sociedad por acciones, siguientes estipulaciones: Razón Social: CAPITAL PROPERTY CORREDORES DE PROPIEDADES SpA, pudiendo actuar ante terceros, incluso Bancos, Financieras y S.I.I., con los nombres de fantasía “C.PROPERTY SpA”, “C.P Propiedades SpA” o “C.P SpA”; Objeto de la Sociedad: A) Ejecutar actos de corretaje de propiedades y mediación remunerada entre contratantes para facilitar la conclusión de operaciones comerciales sobre inmuebles, establecimientos comerciales o industriales, tales como compraventas, permutas, arrendamientos, tasaciones y peritajes; la creación, arriendo y creación de plataformas digitales del giro mencionado, y su arriendo o subarriendo a terceros; b) La administración de inmuebles ajenos o propios, y la ejecución de cualquier acto o contrato vinculado directa o indirectamente al corretaje de todo tipo de bienes raíces; c) La sociedad podrá también comprar para si toda clase de inmuebles y establecimientos comerciales e industriales, con el propósito de ofrecer posteriormente su venta o arrendamiento a terceros en forma directa; d) La sociedad podrá abordar asimismo, el desarrollo y gestión de todo tipo de proyectos inmobiliarios en sus distintas etapas, incluyendo su venta a terceros; e) Con el consentimiento de todos los socios, la sociedad podrá realizar y ejecutar todas las operaciones y actividades que estime convenientes al interés social, pudiendo al efecto dedicarse a la construcción de propiedades, edificios e inmuebles en todas sus formas, casas, plantas industriales, oficinas, remodelaciones, habilitaciones, la demolición y transformación en ellos por cuenta propia o ajena, la explotación directa de dichos bienes por cuenta propia o de terceros en cualquier forma; f) La sociedad podrá abarcar el rubro inmobiliario en todas sus formas, considerando la instalación, explotación y habilitación de lugares para hospedaje, alojamiento y recreación; la compra, venta, arrendamiento y leasing de toda clase de bienes raíces, rústicos o urbanos, propios o ajenos; la compra y venta de materiales de construcción, insumos para construcción, elementos relacionados, materias primas, por cuenta propia y de terceros, la adquisición, enajenación y explotación de toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, la explotación directamente o por terceros en cualquier forma, la administración por cuenta propia o ajena de dichas inversiones; g) Finalmente, la sociedad podrá dedicarse a la obtención de rentas, la integración de otras sociedades, la formación de nuevas sociedades, la modificación, la asunción de la administración de las mismas y, en general, la realización de todos los actos y contratos conducentes a dichos fines; fomentar la inversión en toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios y demás instrumentos financieros, así como el asumir la administración de las mismas. Capital Social: $9.000.000.-, dividido en 9 millones de acciones ordinarias, de una misma serie, sin valor nominal, que se suscriben en este acto por 3 socios por partes iguales, y se pagan con $500.000.- en este acto, y el saldo en 12 meses contados desde fecha escritura que se extracta; Duración de la Sociedad: Indefinida; Administración: Administración, representación y uso de la razón social corresponderá a CARLOS ALBERTO VERGARA SANDOVAL y SUSANA ELIZABETH DEL CARMEN POBLETE ARIZA, conjuntamente a fin que anteponiendo sus firmas a la razón social, actuarán con amplias facultades; Domicilio social: Domicilio legal de la Sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 20 de Mayo 2020, G. Montero M., Notario Público.