MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS MÉDICOS E INVERSIONES STEFANAZZI Y CIA LIMITADA

RUT 76553515-8 CVE 1764551
Capital
$350.000 CLP
Fecha instrumento
29 de abril de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
29 de abril de 2020
Repertorio
12360-2020
Notario
MÉDICOS E INVERSIONES STEFANAZZI Y CIA LIMITADA Juan Ricardo San Martín Urrejola
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$350.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
SERVICIOS MÉDICOS E INVERSIONES STEFANAZZI Y CIA LIMITADA socio 76553515-8

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SERVICIOS MÉDICOS E INVERSIONES STEFANAZZI Y CIA LIMITADA Juan Ricardo San Martín Urrejola, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, comuna de Santiago, certificó: que por escritura pública otorgada ante él con fecha 29 de abril de 2020, número de Repertorio 12.360-2020, don MARTÍN HUGO STEFANAZZI, argentino, casado, médico cirujano, cédula de identidad número 21.196.096-5, con domicilio en Huara Huara mil novecientos setenta, Comuna de Las Condes; doña ROSSANA CRISTINA RAGGIO RAMIREZ, chilena, casada, ingeniero comercial, cédula de identidad número 13.025.922-7, con domicilio en Huara Huara mil novecientos setenta, Comuna de Las Condes; modificaron, en su calidad de únicos socios a la sazón, la sociedad de responsabilidad limitada SERVICIOS MÉDICOS E INVERSIONES STEFANAZZI Y CIA LIMITADA, RUT N° 76.553.515-8, cuyo capital social asciende a la suma de $350.000 pesos, constituida por escritura pública de fecha dieciocho de marzo de dos mil dieciséis, otorgada en la notaría de Santiago de doña MARÍA MERCEDES BARRIENTOS VALENZUELA. Dicha sociedad fue inscrita a fojas veintiún mil quinientos ochenta y cuatro, número once mil novecientos cuarenta y cuatro, en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año dos mil dieciséis y se publicó en el Diario Oficial de fecha veintinueve de marzo de dos mil dieciséis. La modificación vino a (1) modificar el objeto de la Sociedad y (2) la distribución anual de utilidades. Para dar cuenta del nuevo objeto social, se acordó modificar el artículo TERCERO de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “TERCERO: El objeto de la Sociedad será prestar toda clase de servicios o asesorías profesionales en el área de la salud, procurando proteger el patrimonio de la Sociedad del riesgo empresarial, médico-legal y financiero propio de las prácticas en las áreas médicas; la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, compra y venta de esos bienes y derechos; y toda actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores.”. Para dar cuenta de la nueva distribución de utilidades, se acordó modificar el artículo SEXTO de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “SEXTO: Las utilidades y eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a sus aportes; o en las proporciones que ellos mismos determinen, únicamente en caso de que los socios acuerden que existen legítimas razones comerciales, económicas, financieras, patrimoniales o administrativas para que la distribución anual de utilidades se realice en forma desproporcionada a su participación en el capital de la empresa.”. En todo lo no modificado por este instrumento extractado, permanecen plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Se facultó a portador de extracto para legalización. Juan Ricardo San Martín Urrejola, notario público titular de la cuadragésima tercera Notaría de Santiago, Santiago, 06 de abril de 2020.