MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS MÉDICOS E INVERSIONES BERRÍOS Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 76594697-2 CVE 1764550
Capital
$350.000 CLP
Fecha instrumento
29 de abril de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
29 de abril de 2020
Repertorio
12361-2020
Notario
ÉDICOS E INVERSIONES BERRÍOS Y COMPAÑÍA LIMITADA Juan Ricardo San Martín Urrejola
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$350.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
SERVICIOS MÉDICOS E INVERSIONES BERRÍOS Y COMPAÑÍA LIMITADA socio 76594697-2

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SERVICIOS MÉDICOS E INVERSIONES BERRÍOS Y COMPAÑÍA LIMITADA Juan Ricardo San Martín Urrejola, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, comuna de Santiago, certificó: que por escritura pública otorgada ante él con fecha 29 de abril de 2020, número de Repertorio 12.361-2020, don CLAUDIO BERRÍOS GONZÁLEZ, chileno, casado, médico cirujano, cédula de identidad número 11.845.995-4, con domicilio en Félix de Amesti número novecientos setenta, departamento número treinta y dos, comuna de Las Condes; don GIORDANNO NOBIZELLI AGUILAR, chileno, casado, médico cirujano, cédula de identidad número 17.999.061-k, con domicilio en Echeñique número ocho mil cuarenta, comuna de la Reina; don EDUARDO DEL CARMEN BERRÍOS VÁSQUEZ, chileno, casado, pensionado, cédula de identidad número 3.281.550-2, con domicilio en Segunda Transversal número mil sesenta y seis, comuna de Maipú; doña SONIA DE LAS MARÍAS GONZÁLEZ ARELLANO, chilena, casada, pensionada, cédula de identidad número 4.281.777-5, con domicilio en Segunda Transversal número mil sesenta y seis, comuna de Maipú; don CRISTÓBAL VICENTE BERRÍOS AGUILAR, chileno, soltero, estudiante, cédula de identidad número 20.406.208-0, con domicilio en Félix de Amesti número novecientos setenta, departamento número cincuenta y uno, Comuna de Las Condes, modificaron, en su calidad de únicos socios a la sazón, la sociedad de responsabilidad limitada SERVICIOS MÉDICOS E INVERSIONES BERRÍOS Y COMPAÑÍA LIMITADA, RUT N° 76.594.697-2, cuyo capital social asciende a la suma de $350.000 pesos, constituida por escritura pública de fecha veinticinco de julio de dos mil dieciséis, otorgada en la notaría de Santiago de doña MARÍA MERCEDES BARRIENTOS VALENZUELA. Dicha sociedad fue inscrita a fojas sesenta mil noventa y siete, número treinta y dos mil quinientos dos, en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año dos mil dieciséis y se publicó en el Diario Oficial de fecha diecinueve de agosto de dos mil dieciséis. La modificación vino a (1) modificar la composición social (2) modificar el objeto de la Sociedad y (3) la distribución anual de utilidades. (1) Para dar cuenta de la nueva composición social, se acordó modificar el artículo QUINTO de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “QUINTO: El capital social es la suma de trescientos cincuenta mil pesos, íntegramente pagado por los socios de la siguiente forma: (a) don CLAUDIO BERRÍOS GONZÁLEZ aporta la suma de ochenta y siete mil quinientos pesos correspondientes al veinticinco por ciento de los derechos sociales; (b) don EDUARDO DEL CARMEN BERRÍOS VÁSQUEZ aporta la suma de ochenta y siete mil quinientos pesos correspondientes al veinticinco por ciento de los derechos sociales; (c) doña SONIA DE LAS MARÍAS GONZÁLEZ ARELLANO aporta la suma de ochenta y siete mil quinientos pesos correspondientes al veinticinco por ciento de los derechos sociales; y (d) don CRISTÓBAL VICENTE BERRÍOS AGUILAR aporta la suma de ochenta y siete mil quinientos pesos correspondientes al veinticinco por ciento de los derechos sociales. En consecuencia, el capital social queda íntegramente aportado y pagado en la caja social, en los términos recién expuestos, limitando los socios su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes.”. (2) Para dar cuenta del nuevo objeto social, se acordó modificar el artículo TERCERO de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “TERCERO: El objeto de la Sociedad será prestar toda clase de servicios o asesorías profesionales en el área de la salud, procurando proteger el patrimonio de la Sociedad del riesgo empresarial, médico-legal y financiero propio de las prácticas en las áreas médicas; la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, compra y venta de esos bienes y derechos; y toda actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores.”. (3) Para dar cuenta de la nueva distribución de utilidades, se acordó modificar el artículo SEXTO de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “SEXTO: Las utilidades y eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a sus aportes; o en las proporciones que ellos mismos determinen, únicamente en caso de que los socios acuerden que existen legítimas razones comerciales, económicas, financieras, patrimoniales o administrativas para que la distribución anual de utilidades se realice en forma desproporcionada a su participación en el capital de la empresa.”. En todo lo no modificado por este instrumento extractado, permanecen plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Se facultó a portador de extracto para legalización. Juan Ricardo San Martín Urrejola, notario público titular de la cuadragésima tercera Notaría de Santiago, Santiago, 08 de mayo de 2020.