Instrumento
- Fecha
- 27 de abril de 2020
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- Titular de la 38 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: Uno) Desarrollar inversiones en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza y, en general, en toda clase de bienes, sean corporales o incorporales, intelectuales, muebles o inmuebles; y, Dos) La prestación de toda clase de servicios profesionales, incluyendo, entre otros, servicios de asesoría en diferentes áreas. Para el logro de sus objetivos, la sociedad podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase o naturaleza o de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte y, en general, podrá ejecutar toda clase de actos civiles y comerciales autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Suplente del Titular de la 38 Notaría de Santiago, con oficio en calle Miraflores 179, piso 5, comuna de Santiago, certifico que: por escritura pública de fecha 27 de abril de 2020, repertorio número 27.054-2020, ante mí, don Benjamín Salas Urzúa, constituyó una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: NOMBRE: “Santa Ana SpA”. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: Uno) Desarrollar inversiones en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza y, en general, en toda clase de bienes, sean corporales o incorporales, intelectuales, muebles o inmuebles; y, Dos) La prestación de toda clase de servicios profesionales, incluyendo, entre otros, servicios de asesoría en diferentes áreas. Para el logro de sus objetivos, la sociedad podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase o naturaleza o de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte y, en general, podrá ejecutar toda clase de actos civiles y comerciales autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social. CAPITAL: $500.000.-, dividido en 500 acciones nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie, íntegramente suscritas y pagaderas dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 de mayo de 2020.-