CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Servicios Médicos Romero & Graterol SpA

CVE 1763586
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
13 de mayo de 2020
Notaría
Rancagua
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
13 de mayo de 2020
Notario
Daniel V. Mondaca Pedrero
Oficio
Quinta Notaría de Rancagua
Comuna
Rancagua

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
la comuna de Machalí, dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Rancagua
Duración
Indefinida

Objeto social

La Sociedad tiene por objeto prestar toda clase de servicios o asesorías profesionales en el área de la salud, procurando proteger el patrimonio de la Sociedad del riesgo empresarial, médico-legal y financiero propio de las prácticas en las áreas médicas; la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, compra y venta de esos bienes y derechos; y toda actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores

Administración

La sociedad será administrada por don LUIS EDUARDO ROMERO LÓPEZ y por don MARTÍN JESÚS GRATEROL USECHE, socios ya individualizado previamente. Los administradores designados, actuando indistinta y separadamente, y anteponiendo a sus firmas el nombre y razón social de la sociedad, tendrán el uso de la razón social y representarán a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estando investidos de todas las facultades de administración y disposición de bienes. La administradora tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Daniel V. Mondaca Pedrero, abogado, Notario Público de la Quinta Notaría de Rancagua, con oficio en avenida José de San Martín Nº 255, comuna de Rancagua, certifico que: Con fecha hoy, ante mí, don LUIS EDUARDO ROMERO LÓPEZ y don MARTÍN JESÚS GRATEROL USECHE, constituyeron una sociedad por acciones de la que se extracta: Nombre de la Sociedad: “Servicios Médicos Romero & Graterol SpA”, pudiendo usar para todos los efectos legales “Servicios Médicos Rograt”. Nombre de los accionistas concurrentes a la constitución: LUIS EDUARDO ROMERO LÓPEZ, venezolano, casado, de profesión médico, cédula nacional de identidad número veinticinco millones quinientos treinta y cinco mil quinientos noventa y siete guión K, domiciliado en calle El Picadero Poniente número mil ochocientos seis, Polo A, comuna de Machalí, Región del Libertador Bernardo O’Higgins; y MARTÍN JESÚS GRATEROL USECHE, venezolano, casado, de profesión médico, cédula nacional de identidad número veintiséis millones setecientos cincuenta y cinco mil quinientos doce guión cinco, domiciliado en calle Los Albañiles ochocientos ochenta, Condominio Casas del Valle, comuna de Machalí, Región del Libertador Bernardo O’Higgins. Objeto social: La Sociedad tiene por objeto prestar toda clase de servicios o asesorías profesionales en el área de la salud, procurando proteger el patrimonio de la Sociedad del riesgo empresarial, médico-legal y financiero propio de las prácticas en las áreas médicas; la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, compra y venta de esos bienes y derechos; y toda actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores. Capital: El capital de la sociedad es de $2.000.000 pesos, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, que los socios han suscrito y pactado su pago en dinero efectivo en la siguiente forma: ( i ) doscientos cincuenta mil pesos cada uno al contado en este acto en dinero efectivo, enterándolo en caja social y ( ii ) el resto, o sea setecientos cincuenta mil pesos cada uno dentro del plazo de dos años a contar de esta fecha. Administración: La sociedad será administrada por don LUIS EDUARDO ROMERO LÓPEZ y por don MARTÍN JESÚS GRATEROL USECHE, socios ya individualizado previamente. Los administradores designados, actuando indistinta y separadamente, y anteponiendo a sus firmas el nombre y razón social de la sociedad, tendrán el uso de la razón social y representarán a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estando investidos de todas las facultades de administración y disposición de bienes. La administradora tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio en la comuna de Machalí, dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Rancagua, sin perjuicio de establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Rancagua, 13 de mayo de 2020.