CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES PVR LIMITADA

CVE 1763448
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
13 de mayo de 2020
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
13 de mayo de 2020
Notario
Jorge Reyes Bessone
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago, Región Metropolitana
Duración
30 años. Renovable por períodos de 5 años en forma señalada en escritura extractada

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la inversión en toda clase de bienes, corporales e incorporales, con el producto de sus recursos y rentas, y no podrá efectuar actividades que consistan en el comercio y distribución de bienes, ni en la prestación de ninguna clase de servicios. La sociedad podrá dedicarse a cualquier objeto lícito de naturaleza civil que los socios de común acuerdo determinen

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Jorge Reyes Bessone, Notario Público Titular de San Miguel, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4.886, San Miguel, certifica que por escritura pública con fecha 13 de mayo de 2020, ante mí, Pedro Sacha Vignola Rivas y Lucas Ignacio Vignola Atucha, ambos domiciliados para estos efectos en calle Alba Dos, Condominio Colinas Verdes, casa L, Chicureo, comuna de Colina, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad civil de responsabilidad limitada cuyos estatutos extracto: Razón social: “INVERSIONES PVR LIMITADA” pudiendo también utilizar para fines publicitarios y comerciales, la sigla comercial o el nombre de fantasía de “INVERSIONES PVR LTDA.”. Administración y Uso Razón Social: Pedro Sacha Vignola Rivas, con las facultades y atribuciones estipuladas en escritura extractada. Capital: $1.000.000, aportados de la siguiente forma: 1) Pedro Sacha Vignola Rivas, $10.000, equivalente a un 1% derechos sociales, íntegramente pagados; y, 2) Lucas Ignacio Vignola Atucha, $990.000, equivalente a un 99% derechos sociales, íntegramente pagados. Responsabilidad: Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la inversión en toda clase de bienes, corporales e incorporales, con el producto de sus recursos y rentas, y no podrá efectuar actividades que consistan en el comercio y distribución de bienes, ni en la prestación de ninguna clase de servicios. La sociedad podrá dedicarse a cualquier objeto lícito de naturaleza civil que los socios de común acuerdo determinen. Duración: 30 años. Renovable por períodos de 5 años en forma señalada en escritura extractada. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio que la sociedad pueda establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones, escritura extractada. San Miguel, 14 de mayo de 2020.