Instrumento
- Fecha
- 15 de mayo de 2020
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Objeto social
El objeto de la Sociedad es /a) la compra y venta, adquisición, enajenación, comercialización, explotación e inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; ya sea por cuenta propia o ajena; /b) la participación como inversionista en toda clase de negocios, sociedades o empresas o la constitución o desarrollo de los mismos por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros; c) la obtención de rentas de bienes raíces en virtud de su arrendamiento, subarrendamiento, usufructo y cualquiera otra forma de cesión de uso o goce temporal y d) en general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que los accionistas estimen necesarios o convenientes para tales objetivos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 15 de mayo de 2020, ante mí, doña María Isabel Barros Aldunate, domiciliada en Isidora Goyenechea 2929, comuna de Las Condes, constituyó sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta: Nombre o Razón Social: "Inversiones Octavisa SpA". Objeto: El objeto de la Sociedad es /a/ la compra y venta, adquisición, enajenación, comercialización, explotación e inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; ya sea por cuenta propia o ajena; /b/ la participación como inversionista en toda clase de negocios, sociedades o empresas o la constitución o desarrollo de los mismos por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros; c) la obtención de rentas de bienes raíces en virtud de su arrendamiento, subarrendamiento, usufructo y cualquiera otra forma de cesión de uso o goce temporal y d) en general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que los accionistas estimen necesarios o convenientes para tales objetivos. Capital: El capital de la sociedad asciende al monto de $1.000.000 dividido en 100 acciones ordinarias y sin valor nominal, que se encuentra suscrito y por pagar en el plazo y forma que se expresa en el Artículo Primero Transitorio de la escritura de constitución. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, 18 de mayo de 2020.