SOCIEDAD SALA CUNA Y JARDIN INFANTIL CARACOLA 2 LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de mayo de 2020
- Notario
- IVAN TAMARGO BARROS
- Oficio
- Quincuagésima Primera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TAMARGO BARROS, Abogado, Notario Público Titular de la Quincuagésima Primera Notaría de Santiago, con Oficio en Avenida Nueva Providencia 2635, por Escritura Pública de ésta fecha en esta Notaría, certifico: Por escritura pública de 6 de Mayo de 2020, ante mi,MONICA CRISTINA GABRIELA MARTINEZ CUEVAS, domiciliada en pasaje Magallanes seiscientos ochenta y uno, comuna de Maipú, Santiago ; don NOEL GABRIEL ESQUIVEL CASTILLO, con domicilio en pasaje Magallanes seiscientos ochenta y uno, comuna de Maipú, Santiago y doña IVONNE GABRIELA ESQUIVEL MARTINEZdomiciliada en pasaje Magallanes setecientos cinco, comuna de Maipú, Santiago;modificaron SOCIEDAD SALA CUNA Y JARDIN INFANTIL CARACOLA 2 LIMITADA, Rol Único tributario 76.401.935-0 inscrita a fojas 6324 número 4022 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil quince, en el siguiente sentido:1).-y con el consentimiento de sus socios, don NOEL GABRIEL ESQUIVEL CASTILLO vende, cede y transfiere el treinta y tres coma treinta y tres por ciento de sus derechos sociales a doña IVONNE GABRIELA ESQUIVEL MARTINEZ, quien acepta para sí dichos derechos sociales. La presente cesión de derechos sociales se valoriza en la suma única y total de un millón ochocientos mil pesos, se paga en dinero efectivo en este acto. 2).-Como consecuencia de las cesiones de derechos, quedan como socios de la sociedad y con la participación en el capital social de la siguiente manera: a) don NOEL GABRIEL ESQUIVEL CASTILLO con el sesenta por ciento del total de los derechos sociales; b) Doña MONICA CRISTINA GABRIELA MARTINEZ CUEVAS, con el diez por ciento del total de los derechos sociales; y c) Doña IVONNE GABRIELA ESQUIVEL MARTINEZ con el treinta por ciento del total de los derechos sociales. 3).-Se acuerda modificar el artículo quinto de los estatutos sociales, referente a la administración y el uso de la razón social en el siguiente sentido:“QUINTO: La administración y el uso de la razón social corresponderá, única y exclusivamente, a doña Bárbara Daniela Ruiz Esquivel, cédula de identidad número , dieciocho millones doscientos noventa y cuatro mil setenta y uno guion dos, de profesión INGENIERO DE EJECUCIÓN EN ADMINISTRACION DE EMPRESAS, con idénticas facultadas a las expresadas en el pacto social, sin que dicha enumeración sea taxativa o limitativa, las cuales se dan por expresamente reproducidas. Los socios señalan en la cláusula quinta que elcapital social no ha sido modificado y que asciende a la suma de seis millones de pesos.En todo lo no modificado, se mantiene plenamente vigente el estatuto social, en especial respecto a limitación de responsabilidad de los socios al monto de sus aportes. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago 6 de Mayo de 2020.