Instrumento
- Fecha
- 24 de abril de 2020
- Repertorio
- 14476
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley 20.190
Objeto social
(i) la prestación de servicios profesionales y de asesoría de carácter jurídico, legal y contable; y (ii) la celebración de toda clase de actos y contratos, negocios y actividades que se relacionen directa e indirectamente con la prestación del servicio señalado, ya sea que los complementen o sean consecuencia de ellos. 3)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJAVIER IGNACIO HORMAZABAL COLLAO, Notario de Santiago, Suplente del Titular Pedro Ricardo Reveco Hormazábal, Bandera 341, Of. 352, certifica: Que por escritura pública de fecha 24 de abril de 2020, Repertorio N° 14.476, ante mí, compareció doña ANDREA CRISTINA DUARTE ALBORNOZ, quien constituyó una sociedad por acciones la que se regirá por los estatutos contenidos en la escritura extractada, además por las disposiciones de la Ley 20.190 y 18.046 supletoriamente, sin perjuicio de las normas contenidas en el Código de Comercio y el Código Civil y cuyas cláusulas esenciales son: 1) Razón Social: “DUARTE Y COMPAÑÍA SpA”. 2) Objeto: (i) la prestación de servicios profesionales y de asesoría de carácter jurídico, legal y contable; y (ii) la celebración de toda clase de actos y contratos, negocios y actividades que se relacionen directa e indirectamente con la prestación del servicio señalado, ya sea que los complementen o sean consecuencia de ellos. 3) Capital: es la suma de $1.000.000, dividido en 100 acciones de la misma serie, nominativas y sin valor nominal, que se suscriben y pagan todas en el acto, al contado y en efectivo. 4) Duración: Indefinida. 5) Domicilio: Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 27 de abril de 2020. JAVIER IGNACIO HORMAZABAL COLLAO, Notario Suplente.