Instrumento
- Fecha
- 14 de mayo de 2020
- Notario
- IGNACIO ESTEBAN DIAZ RETAMAL
- Oficio
- Notaría de Lo Barnechea en ausencia de doña MARÍA VIVIANA FIGUEROA JIMENEZ
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
Uno) Prestación de asesoría legal, jurídica en general, a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, por cuenta propia o ajena, tales como asesorías en materias civiles, penales, comerciales, inmobiliarias, laborales, tributarias, derecho de agua y minas, cobranzas y cualquier otro que sea de competencia de los prestadores; todo lo anterior por si mismos o a través de terceros; Dos) Efectuar inversiones sobre toda clase y tipo de bienes, muebles o inmuebles, urbanos o rurales, en renta fija o variable, corporales e incorporales, incluyendo transacciones e inversiones en acciones, bonos, fondos mutuos, efectos de comercio, títulos de crédito, derechos, cuotas y participaciones en sociedad, por cuenta propia o de terceros; y, Tres) La realización de cualquier otro negocio directa o indirectamente relacionado con los objetos antes señalados y que los socios de común acuerdo determinen. Se deja constancia, que la sociedad podrá desarrollar todas las actividades propias de su objeto tanto en Chile como en el extranjero, de manera directa o a través de terceros, y ya sea por cuenta propia o ajena
Administración
La administración será ejercida por don Juan Enrique Urrutia Rivas y don Francisco Alejandro Sepúlveda Araya, actuando indistintamente, en forma conjunta o por separado
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIGNACIO ESTEBAN DIAZ RETAMAL, Abogado, Notario Público Interino de la Notaría de Lo Barnechea en ausencia de doña MARÍA VIVIANA FIGUEROA JIMENEZ, Av. La Dehesa 1450, Local 15 A 2, Lo Barnechea, certifico: Por escritura pública de fecha 14 de mayo de 2020, otorgada ante el notario titular, los señores Juan Enrique Urrutia Rivas, cédula de identidad N° 17.089.365-4, y don Francisco Alejandro Sepúlveda Araya, cédula de identidad N° 17.597.667-1, ambos domiciliados para estos efectos en Los Piñones 100, departamento 306, Comuna de Providencia, Santiago, Región Metropolitana, constituyeron sociedad por acciones: Nombre o Razón Social: “DEFENSA PENAL SpA”. Objeto: Uno) Prestación de asesoría legal, jurídica en general, a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, por cuenta propia o ajena, tales como asesorías en materias civiles, penales, comerciales, inmobiliarias, laborales, tributarias, derecho de agua y minas, cobranzas y cualquier otro que sea de competencia de los prestadores; todo lo anterior por si mismos o a través de terceros; Dos) Efectuar inversiones sobre toda clase y tipo de bienes, muebles o inmuebles, urbanos o rurales, en renta fija o variable, corporales e incorporales, incluyendo transacciones e inversiones en acciones, bonos, fondos mutuos, efectos de comercio, títulos de crédito, derechos, cuotas y participaciones en sociedad, por cuenta propia o de terceros; y, Tres) La realización de cualquier otro negocio directa o indirectamente relacionado con los objetos antes señalados y que los socios de común acuerdo determinen. Se deja constancia, que la sociedad podrá desarrollar todas las actividades propias de su objeto tanto en Chile como en el extranjero, de manera directa o a través de terceros, y ya sea por cuenta propia o ajena. Capital Social: $1.000.000.- dividido en 10.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y del mismo valor cada una, las cuales se suscriben y pagan en la siguiente forma: (i)Juan Enrique Urrutia Rivas, suscribe la cantidad de 5.000 acciones por la suma de $500.000.-, y que paga en este acto al contado, en dinero en efectivo, y; (ii) Francisco Alejandro Sepúlveda Araya, suscribe la cantidad de 5.000 acciones por la suma de $500.000.- y que paga en este acto mediante el aporte a la sociedad del dominio de la página web www.defensapenal.cl, la que se encuentra avaluada según precio de mercado en igual suma de dinero. Administración: La administración será ejercida por don Juan Enrique Urrutia Rivas y don Francisco Alejandro Sepúlveda Araya, actuando indistintamente, en forma conjunta o por separado. Duración: Indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 14 de mayo de 2020.