INVERSIONES ARIS PAVEZ LIMITADA
Instrumento
- Repertorio
- 460
- Comuna
- Quilpué
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJorge Acuña Pérez, Abogado, Titular de la Primera Notaría de Quilpué, con oficio en Andrés Bello 453, CERTIFICO: escritura hoy ante mí, Repertorio N° 460, doña ESTEPHANIA AGUAYO ARAYA, chilena, soltera, abogada, cédula nacional de identidad número diecisiete millones trescientos cuarenta y cuatro mil setecientos cuarenta y ocho guion cinco, con domicilio en Avenida Alonso de Córdova cinco mil novecientos, oficina trescientos uno, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, en representación de: don RODRIGO ARÍS FORÉS, domiciliado en Marga-Marga sin número, Alto El Yugo Quilpué, Región de Valparaíso; don RODRIGO ARÍS PAVEZ, domiciliado en Avenida Surco del Agua número ciento ochenta y cuatro, departamento quinientos uno letra A, Valparaíso, Región de Valparaíso; doña MARIA LORETO ARÍS PAVEZ, domiciliada en Ricardo Lyon número dos mil ciento veintiuno, departamento trescientos cuatro, Providencia, Santiago, Región Metropolitana; don GONZALO ARÍS PAVEZ, domiciliado en Marga-Marga sin número, Alto El Yugo, Quilpué, Región de Valparaíso; y de doña MARÍA FERNANDA ARÍS PAVEZ, domiciliada para estos efectos en Tres Poniente número ciento cincuenta, departamento noventa y cuatro, Viña del Mar, Región de Valparaíso, saneó sociedad “INVERSIONES ARIS PAVEZ LIMITADA”, inscrita a fojas 65, número 39 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Quilpué correspondiente al año 2020 y cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial N° 42.573 con fecha siete de febrero del año 2020.- Saneamiento. De conformidad a lo dispuesto en el Artículo Décimo Octavo de los estatutos societarios y a la Ley 19.499 que Establece Normas sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades y Modifica Código de Comercio y Otros Cuerpos Legales, por este acto, y para todos los efectos legales, especialmente para el Servicio de Impuestos Internos, la compareciente, actuando en la forma indicada en la comparecencia, viene en corregir y sanear cualquier vicio que pudiera provenir de la inscripción tardía del extracto de la escritura de constitución de la Sociedad. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Quilpué, 4 de Mayo del 2020.-