Instrumento
- Fecha
- 11 de mayo de 2020
- Repertorio
- 2931-2020
- Notario
- VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- 10ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá como objeto único y exclusivo la obtención de rentas de capitales mobiliarios de aquellas a que se refiere el artículo veinte número dos de la Ley sobre Impuesto a la Renta mediante la inversión en acciones, derechos o participaciones en sociedades extranjeras o en títulos de deuda emitidos por dichas entidades. Salvo la inversión de sus excedentes de caja en instrumentos financieros, denominados en dólares de los Estados Unidos de América u otra moneda extranjera, la sociedad no podrá realizar, bajo ninguna circunstancia, ningún otro tipo de actividades
Administración
Corresponderá a doña Claudia Bunger Nahmias y a don Sergio David Villaseca Nahmías, actuando conjuntamente, y a don Sergio José Villaseca Concha y a don Paul Bunger Timmermann, actuando individual y separadamente uno cualquiera de ellos, quienes representarán a la sociedad con amplias facultades de disposición y administración de bienes
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público Titular de la 10ª Notaría de Santiago, Agustinas N°1.235, LOCAL 2, PISO 1 y 2, Santiago. CERTIFICO: Con fecha 8 de mayo de 2020, por escritura pública otorgada ante mí, Repertorio N° 2931 - 2020, don Sergio José Villaseca Concha, chileno, casado, ingeniero civil, cédula nacional de identidad N° 6.446.699-2, en representación de la sociedad BNV SpA, del giro inversiones inmobiliarias, rol único tributario N° 76.335.797-K, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Riesco N° 5561, oficina N° 301, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyó sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto: Nombre: BNV INVESTMENT SpA. Objeto: La sociedad tendrá como objeto único y exclusivo la obtención de rentas de capitales mobiliarios de aquellas a que se refiere el artículo veinte número dos de la Ley sobre Impuesto a la Renta mediante la inversión en acciones, derechos o participaciones en sociedades extranjeras o en títulos de deuda emitidos por dichas entidades. Salvo la inversión de sus excedentes de caja en instrumentos financieros, denominados en dólares de los Estados Unidos de América u otra moneda extranjera, la sociedad no podrá realizar, bajo ninguna circunstancia, ningún otro tipo de actividades. Capital: La suma de mil dólares de los Estados Unidos de América, dividido en mil acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor, sin valor nominal ni privilegios, suscrito y pagado íntegramente por BNV SpA. En consecuencia, el capital queda íntegramente suscrito y pagado en este acto. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer sucursales, agencias, representaciones o delegaciones, tanto en otros lugares del país como en el extranjero. Duración: Indefinida. Administración: Corresponderá a doña Claudia Bunger Nahmias y a don Sergio David Villaseca Nahmías, actuando conjuntamente, y a don Sergio José Villaseca Concha y a don Paul Bunger Timmermann, actuando individual y separadamente uno cualquiera de ellos, quienes representarán a la sociedad con amplias facultades de disposición y administración de bienes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 11 de mayo de 2020.-