MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORÍAS EN INGENIERÍA FINANCIERA Y ECONÓMICAS NÁJERA LIMITADA

RUT 78130170-1 CVE 1762361
Fecha instrumento
8 de mayo de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
8 de mayo de 2020
Repertorio
23217-2019
Notario
MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN
Oficio
27º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Abogado, Notario Público Titular de la 27º Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco 0153, Providencia Santiago, certifico: Por escritura de fecha 08 de mayo de 2020, ante mí Don JUAN IGNACIO ZAMORANO VALENZUELA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, abogado, cédula nacional de identidad N°13.679.985-7, con domicilio para estos efectos en Avenida Apoquindo 2930, oficina 901, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; quien en representación de 1) Don EDMUNDO ANTONIO GARRIDO ALARCÓN chileno, divorciado, empresario, cédula de identidad N°8.826.795-8, por si, y en representación de la sociedad “CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA CONDAL SpA”, sociedad de giro de su denominación, RUT N°78.001.480-6; y de la sociedad “INMOBILIARIA ALPE TRES LIMITADA”, sociedad de giro de su denominación, RUT N°78.759.110-8; todos domiciliados en El Trovador N°4280, departamento 815, comuna de Las Condes, Región Metropolitana y; 2) Doña OFELIA SALOMÉ DEL CARMEN ALARCÓN JIMÉNEZ, chilena, viuda, labores de casa, cédula de identidad N°4.940.520-0, domiciliada en Avenida El Golf número 280, departamento N°2501, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; ambos socios de la sociedad ASESORÍAS EN INGENIERÍA FINANCIERA Y ECONÓMICAS NÁJERA LIMITADA, inscrita a fojas 21.083, N°10.542 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1991; expone que, contando con poder suficiente, viene en rectificar error involuntario cometido en cláusula novena de escritura pública de fecha 06 de diciembre de 2019, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Margarita Moreno Zamorano, bajo el repertorio N°23.217-2019 y su extracto, el cual fue inscrito a fojas 103.180, N°50.572, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2019, en el sentido de rectificar o aclarar la voluntad de los comparecientes, en la mencionada clausula novena de dicha escritura y que sustituyó la cláusula octava de los estatutos de la Sociedad ASESORÍAS EN INGENIERÍA FINANCIERAS Y ECONÓMICAS NÁJERA LIMITADA, manteniéndose vigente la cláusula novena en lo no modificado, y quedando esta última en lo pertinente, de la siguiente forma: “Además, se acuerda modificar la cláusula Octava relativa a la duración de la sociedad la cual quedará de la siguiente forma: “OCTAVO: “La Sociedad regirá hasta el día treinta y uno de diciembre de cada año, vale decir, hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil diecinueve o siguientes fecha en la cual se disolverá por término del plazo estipulado para su duración, salvo que con una anticipación no inferior a quince días los accionistas acuerden prorrogar su vigencia por un año más. La prórroga de la vigencia operará, en cada caso, para el año siguiente, de modo que, en definitiva, la sociedad se disolverá el treinta y uno de diciembre del año en que no se haya suscito la escritura que prorroga su vigencia hasta el treinta y uno de diciembre del año siguiente. La Sociedad se disolverá, además, por reunirse todas las acciones en manos de un mismo accionista”. En consecuencia, no habiendo los socios suscrito escritura pública de prórroga de la vigencia de la sociedad en el término correspondiente, esto es con una anticipación no inferior a quince días al plazo estipulado, se deja constancia de que la Sociedad ASESORÍAS EN INGENIERÍA FINANCIERAS Y ECONÓMICAS NÁJERA LIMITADA se encuentra disuelta. En todo lo demás, queda plenamente vigente las estipulaciones de la escritura pública singularizada anteriormente. Santiago, 14 de mayo de 2020.