MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

Sociedad de Inversiones Pampa Calichera S.A.

RUT 96511530-7 CVE 1762070
Capital
$173.500 CLP
Fecha instrumento
24 de abril de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
24 de abril de 2020
Notario
Luis Enrique Tavolari Oliveros
Oficio
Vigésimo Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$173.500 CLP
Duración
Dos) A consecuencia del aumento de capital, se reemplazaron íntegramente los Artículos Sexto y Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad, por los siguientes: “Artículo Sexto: El capital de la Sociedad es la suma de setecientos doce millones setecientos once mil novecientos noventa y seis coma ochenta y dos dólares de los Estados Unidos de América, dividido en dos mil seiscientas treinta y nueve millones ciento cincuenta y siete mil seiscientas cuarenta y cuatro acciones Serie A y ciento setenta y cinco millones ochocientas treinta y seis mil quinientas sesenta acciones Serie B, ambas series nominativas y sin valor nominal. Las acciones de la Serie B tendrán derecho a percibir un dividendo adicional del diez por ciento sobre el dividendo que corresponda a las acciones Serie A. Las acciones de la Serie B no tendrán derecho a participar en la elección, ni elegir Directores de la Sociedad. La preferencia de las acciones Serie B y la exclusión establecida a favor de las acciones Serie A, tendrán una duración de cien años contados desde el día veintinueve de abril de mil novecientos noventa y siete. Las acciones serán nominativas y la forma de los títulos, su emisión, canje, reemplazo, cesión y demás circunstancias de los mismos, se regirán por lo dispuesto en la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis, sobre sociedades anónimas, y su reglamento.”; y “Artículo Primero Transitorio: El capital de la sociedad es la suma de setecientos doce millones setecientos once mil novecientos noventa y seis coma ochenta y dos dólares de los Estados Unidos de América, dividido en dos mil seiscientas treinta y nueve millones ciento cincuenta y siete mil seiscientas cuarenta y cuatro acciones Serie A y ciento setenta y cinco millones ochocientas treinta y seis mil quinientas sesenta acciones Serie B, ambas series nominativas y sin valor nominal, el que se entera y enterará de la siguiente forma: (i) Con la suma de quinientos treinta y nueve millones doscientos once mil novecientos noventa y seis coma ochenta y dos dólares de los Estados Unidos de América, dividido en mil ochocientas quince millones ochocientas setenta y cinco mil seiscientas diecinueve acciones Serie A y ciento veinte millones novecientos ochenta y cuatro mil quinientos cincuenta y ocho acciones Serie B, ambas series nominativas y sin valor nominal, que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad al veinticuatro de abril de dos mil veinte; y (ii) Con la suma de ciento setenta y tres millones quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América, que corresponden a ochocientas veintitrés millones doscientas ochenta y dos mil veinticinco nuevas acciones de pago de la Serie A y cincuenta y cuatro millones ochocientas cincuenta y dos mil dos nuevas acciones de pago de la Serie B, ambas series nominativas y sin valor nominal, que se emitirán con cargo al aumento de capital acordado en Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad efectuada con fecha veinticuatro de abril de dos mil veinte, las que deberán quedar íntegramente suscritas y pagadas dentro del plazo máximo que ocurra primero entre: (a) un año contado desde la fecha en que la Comisión para el Mercado Financiero inscriba en el Registro de Valores las acciones de pago que se emitan con cargo al aumento de capital; o (b) dos años contados desde la fecha de la señalada Junta Extraordinaria de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Enrique Tavolari Oliveros, Notario Público Titular de la Vigésimo Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Don Carlos N° 2.889, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifico que, con fecha 4 de mayo de 2020, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la Trigésima Quinta de la Junta Extraordinaria de Accionistas (la “Junta”) de Sociedad de Inversiones Pampa Calichera S.A. (la “Sociedad”), celebrada en mi presencia el día 24 de abril de 2020. En la referida Junta se acordó, entre otras materias, las siguientes materias de extracto: Uno) Aumentar el capital de la Sociedad en la suma de 173.500.000 dólares de los Estados Unidos de América, mediante la emisión de 823.282.025 acciones de pago Serie A y 54.852.002 acciones de pago Serie B, de las actuales series establecidas en los estatutos de la Sociedad, ambas series nominativas y sin valor nominal. A consecuencia de este aumento de capital, el capital de la Sociedad quedo en la suma de 712.711.996,82 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 2.639.157.644 acciones Serie A y 175.836.560 acciones Serie B, ambas series nominativas y sin valor nominal. De dicho capital, la cantidad de 539.211.996,82 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 1.815.875.619 acciones Serie A y 120.984.558 acciones Serie B, ambas series nominativas y sin valor nominal, se encuentran íntegramente suscritas y pagadas a la fecha de la Junta, y la cantidad de 173.500.000 dólares de los Estados Unidos de América, correspondiente al aumento de capital aprobado en la Junta, dividido en 823.282.025 acciones de pago Serie A y 54.852.002 acciones de pago Serie B, ambas series nominativas y sin valor nominal, deberán quedar íntegramente emitidas, suscritas y pagadas dentro del plazo máximo que ocurra primero entre: (a) un año contado desde la fecha en que la Comisión para el Mercado Financiero inscriba en el Registro de Valores las acciones de pago que se emitan con cargo al aumento de capital; o (b) dos años contados desde la fecha de la Junta. Vencido dicho plazo sin que se haya enterado el total del aumento de capital aprobado por la Junta, el capital de la Sociedad quedará reducido de pleno derecho a la cantidad efectivamente pagada al vencimiento del indicado plazo. Dos) A consecuencia del aumento de capital, se reemplazaron íntegramente los Artículos Sexto y Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad, por los siguientes: “Artículo Sexto: El capital de la Sociedad es la suma de setecientos doce millones setecientos once mil novecientos noventa y seis coma ochenta y dos dólares de los Estados Unidos de América, dividido en dos mil seiscientas treinta y nueve millones ciento cincuenta y siete mil seiscientas cuarenta y cuatro acciones Serie A y ciento setenta y cinco millones ochocientas treinta y seis mil quinientas sesenta acciones Serie B, ambas series nominativas y sin valor nominal. Las acciones de la Serie B tendrán derecho a percibir un dividendo adicional del diez por ciento sobre el dividendo que corresponda a las acciones Serie A. Las acciones de la Serie B no tendrán derecho a participar en la elección, ni elegir Directores de la Sociedad. La preferencia de las acciones Serie B y la exclusión establecida a favor de las acciones Serie A, tendrán una duración de cien años contados desde el día veintinueve de abril de mil novecientos noventa y siete. Las acciones serán nominativas y la forma de los títulos, su emisión, canje, reemplazo, cesión y demás circunstancias de los mismos, se regirán por lo dispuesto en la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis, sobre sociedades anónimas, y su reglamento.”; y “Artículo Primero Transitorio: El capital de la sociedad es la suma de setecientos doce millones setecientos once mil novecientos noventa y seis coma ochenta y dos dólares de los Estados Unidos de América, dividido en dos mil seiscientas treinta y nueve millones ciento cincuenta y siete mil seiscientas cuarenta y cuatro acciones Serie A y ciento setenta y cinco millones ochocientas treinta y seis mil quinientas sesenta acciones Serie B, ambas series nominativas y sin valor nominal, el que se entera y enterará de la siguiente forma: (i) Con la suma de quinientos treinta y nueve millones doscientos once mil novecientos noventa y seis coma ochenta y dos dólares de los Estados Unidos de América, dividido en mil ochocientas quince millones ochocientas setenta y cinco mil seiscientas diecinueve acciones Serie A y ciento veinte millones novecientos ochenta y cuatro mil quinientos cincuenta y ocho acciones Serie B, ambas series nominativas y sin valor nominal, que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad al veinticuatro de abril de dos mil veinte; y (ii) Con la suma de ciento setenta y tres millones quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América, que corresponden a ochocientas veintitrés millones doscientas ochenta y dos mil veinticinco nuevas acciones de pago de la Serie A y cincuenta y cuatro millones ochocientas cincuenta y dos mil dos nuevas acciones de pago de la Serie B, ambas series nominativas y sin valor nominal, que se emitirán con cargo al aumento de capital acordado en Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad efectuada con fecha veinticuatro de abril de dos mil veinte, las que deberán quedar íntegramente suscritas y pagadas dentro del plazo máximo que ocurra primero entre: (a) un año contado desde la fecha en que la Comisión para el Mercado Financiero inscriba en el Registro de Valores las acciones de pago que se emitan con cargo al aumento de capital; o (b) dos años contados desde la fecha de la señalada Junta Extraordinaria de Accionistas. Vencido dicho plazo sin que se haya enterado el total del aumento de capital aprobado por la referida Junta Extraordinaria de Accionistas, el capital de la Sociedad quedará reducido de pleno derecho a la cantidad efectivamente pagada al vencimiento de dicho plazo. Dichas acciones de pago deberán ser pagadas al contado, en el acto de suscripción de las mismas, en pesos moneda nacional, en dinero efectivo, vale vista bancario, transferencia electrónica de fondos o cualquier otro instrumento o efecto representativo de dinero pagadero a la vista.”. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 8 de mayo de 2020.-