Nitratos de Chile S.A.
Instrumento
- Fecha
- 24 de abril de 2020
- Notario
- Luis Enrique Tavolari Oliveros
- Oficio
- Vigésimo Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $42.982 CLP
- Duración
- Dos) A consecuencia del aumento de capital, se reemplazaron íntegramente los Artículos Sexto y Segundo Transitorio de los estatutos de la Sociedad, por los siguientes: “Artículo Sexto: El capital de la Sociedad es la suma de cincuenta y un millones quinientos cuarenta y seis mil doscientos cuarenta y dos dólares de los Estados Unidos de América, dividido en ciento setenta y un mil seiscientas setenta y cinco millones seiscientas setenta y siete mil trescientas sesenta y siete acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal.”; y “Artículo Segundo Transitorio: El capital de la sociedad es la suma de cincuenta y un millones quinientos cuarenta y seis mil doscientos cuarenta y dos dólares de los Estados Unidos de América, dividido en ciento setenta y un mil seiscientas setenta y cinco millones seiscientas setenta y siete mil trescientas sesenta y siete acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, que se entera y enterará de la siguiente forma: (i) Con la suma de ocho millones quinientos sesenta y tres mil novecientos treinta y dos dólares de los Estados Unidos de América, dividido en ciento cuatro mil seiscientos cuarenta y un millones cuatrocientos veinticuatro mil ciento noventa y uno acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad al veinticuatro de abril de dos mil veinte; y (ii) Con la suma de cuarenta y dos millones novecientos ochenta y dos mil trescientos diez dólares de los Estados Unidos de América, que corresponden a sesenta y siete mil treinta y cuatro millones doscientas cincuenta y tres mil ciento setenta y seis nuevas acciones nominativas de pago, de una misma y única serie y sin valor nominal, que se emitirán con cargo al aumento de capital acordado en Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad efectuada con fecha veinticuatro de abril de dos mil veinte, las que deberán quedar íntegramente suscritas y pagadas dentro del plazo máximo que ocurra primero entre: (a) un año contado desde la fecha en que la Comisión para el Mercado Financiero inscriba en el Registro de Valores las acciones de pago que se emitan con cargo al aumento de capital; o (b) dos años contados desde la fecha de la señalada Junta Extraordinaria de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Enrique Tavolari Oliveros, Notario Público Titular de la Vigésimo Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Don Carlos N° 2.889, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifico que, con fecha 4 de mayo de 2020, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la Tercera Junta Extraordinaria de Accionistas (la “Junta”) de Nitratos de Chile S.A. (la “Sociedad”), celebrada en mi presencia el día 24 de abril de 2020. En la referida Junta se acordó, entre otras materias, las siguientes materias de extracto: Uno) Aumentar el capital de la Sociedad en la suma de 42.982.310 dólares de los Estados Unidos de América, mediante la emisión de 67.034.253.176 acciones de pago, todas ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de una misma y única serie. A consecuencia de este aumento de capital, el capital de la Sociedad quedo en la suma de 51.546.242 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 171.675.677.367 acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal. De dicho capital, la cantidad de 8.563.932 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 104.641.424.191 acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, se encuentran íntegramente suscritas y pagadas a la fecha de la Junta, y la cantidad de 42.982.310 dólares de los Estados Unidos de América, correspondiente al aumento de capital aprobado en la Junta, dividido en 67.034.253.176 acciones nominativas de pago, de una misma y única serie y sin valor nominal, deberán quedar íntegramente emitidas, suscritas y pagadas dentro del plazo máximo que ocurra primero entre: (i) un año contado desde la fecha en que la Comisión para el Mercado Financiero inscriba en el Registro de Valores las acciones de pago que se emitan con cargo al aumento de capital; o (ii) dos años contados desde la fecha de la Junta. Vencido dicho plazo sin que se haya enterado el total del aumento de capital aprobado por la Junta, el capital de la Sociedad quedará reducido de pleno derecho a la cantidad efectivamente pagada al vencimiento del indicado plazo. Dos) A consecuencia del aumento de capital, se reemplazaron íntegramente los Artículos Sexto y Segundo Transitorio de los estatutos de la Sociedad, por los siguientes: “Artículo Sexto: El capital de la Sociedad es la suma de cincuenta y un millones quinientos cuarenta y seis mil doscientos cuarenta y dos dólares de los Estados Unidos de América, dividido en ciento setenta y un mil seiscientas setenta y cinco millones seiscientas setenta y siete mil trescientas sesenta y siete acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal.”; y “Artículo Segundo Transitorio: El capital de la sociedad es la suma de cincuenta y un millones quinientos cuarenta y seis mil doscientos cuarenta y dos dólares de los Estados Unidos de América, dividido en ciento setenta y un mil seiscientas setenta y cinco millones seiscientas setenta y siete mil trescientas sesenta y siete acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, que se entera y enterará de la siguiente forma: (i) Con la suma de ocho millones quinientos sesenta y tres mil novecientos treinta y dos dólares de los Estados Unidos de América, dividido en ciento cuatro mil seiscientos cuarenta y un millones cuatrocientos veinticuatro mil ciento noventa y uno acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad al veinticuatro de abril de dos mil veinte; y (ii) Con la suma de cuarenta y dos millones novecientos ochenta y dos mil trescientos diez dólares de los Estados Unidos de América, que corresponden a sesenta y siete mil treinta y cuatro millones doscientas cincuenta y tres mil ciento setenta y seis nuevas acciones nominativas de pago, de una misma y única serie y sin valor nominal, que se emitirán con cargo al aumento de capital acordado en Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad efectuada con fecha veinticuatro de abril de dos mil veinte, las que deberán quedar íntegramente suscritas y pagadas dentro del plazo máximo que ocurra primero entre: (a) un año contado desde la fecha en que la Comisión para el Mercado Financiero inscriba en el Registro de Valores las acciones de pago que se emitan con cargo al aumento de capital; o (b) dos años contados desde la fecha de la señalada Junta Extraordinaria de Accionistas. Vencido dicho plazo sin que se haya enterado el total del aumento de capital aprobado por la referida Junta Extraordinaria de Accionistas, el capital de la Sociedad quedará reducido de pleno derecho a la cantidad efectivamente pagada al vencimiento de dicho plazo. Dichas acciones de pago deberán ser pagadas al contado, en el acto de suscripción de las mismas, en pesos moneda nacional, en dinero efectivo, vale vista bancario, transferencia electrónica de fondos o cualquier otro instrumento o efecto representativo de dinero pagadero a la vista.”. Demás estipulaciones consta en la escritura extractada. Santiago, 8 de mayo de 2020.-